24 de noviembre de 2025 | Judiciales

Contratos apócrifocs

Fraude en el Astillero Río Santiago: Ordenan a exfuncionario de Daniel Scioli devolver 70 millones

El Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires sancionó con un cargo solidario de más de 70 millones de pesos a cuatro exfuncionarios del Astillero Río Santiago de la gestión de Daniel Scioli por una maniobra de contratos apócrifos que generó un perjuicio fiscal millonario.

El Honorable Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires dictó una de las sanciones más duras de los últimos años contra exfuncionarios del ente administrador del Astillero Río Santiago, durante la gobernación de Daniel Scioli, al confirmar un perjuicio fiscal millonario derivado de la liquidación de sueldos vinculados a contratos apócrifos durante 2012 y 2013. La resolución, de cuarenta páginas, avanza sobre una maniobra que el propio organismo calificó como “apropiación ilegítima de fondos provinciales”.

El fallo 351/2025 dispuso un cargo pecuniario total de 70.476.778,10 de pesos contra cuatro exjerárquicos del Astillero: Héctor Scavuzzo (expresidente ya sentenciado judicialmente por defraudación al estado), Rodolfo Guillermo Elísetch (Coordinador de Sueldos y Personal Superior), Adrián Edgardo Borcerio (Secretario de Presidencia) y Julio Rubén Borovik (Gerente General). Los cuatro deberán afrontar ese monto en forma personal, directa y solidaria.

Contratos inexistentes y fondos sin rendir

El expediente 21900-9195-2016-0-1 revela que durante casi dos años se liquidaron sueldos por “contratos a plazo fijo” a nombre de personas que jamás trabajaron en el organismo, desconocían la existencia de tales vínculos y nunca cobraron esos haberes. El dinero —según determinó la instrucción sumariante— era retirado de la Tesorería por los propios funcionarios hoy sancionados.

La maniobra fue denunciada originalmente en sede penal bajo la carátula “Flores, Nilda Estefanía s/ denuncia”, trámite en el que varios de los involucrados resultaron imputados por presunto peculado, delito previsto en el artículo 261 del Código Penal.

Un perjuicio fiscal de más de 16 millones… que terminó en más de 70

La Contaduría General de la provincia de Buenos Aires estableció que el perjuicio fiscal original ascendió a 16.100.478, monto que surge del detalle mensual de egresos ilegítimos entre enero de 2012 y diciembre de 2013.


Héctor Scavuzzo.

Sin embargo, el Tribunal señaló que —conforme a su jurisprudencia— debía aplicarse el interés equivalente al que abona el Banco de la Provincia de Buenos Aires en depósitos a treinta días, desde cada fecha de egreso hasta la sentencia. Ese cálculo elevó la cifra final a 70.476.778,10 de pesos, monto que ahora los exfuncionarios deberán depositar en un plazo de noventa días en la cuenta fiscal del organismo de control.

Rechazo de descargos y ratificación unánime

A lo largo del proceso, los responsables presentaron descargos, ofrecieron testigos y hasta intentaron recusar al instructor sumariante. Nada de eso prosperó. La dirección de Sumarios, la secretaría de Jurisprudencia y finalmente los vocales del Tribunal coincidieron en que los implicados no pudieron justificar documentalmente el destino de los fondos, no adoptaron recaudos mínimos de control y participaron en la liquidación de contratos inexistentes.

Incluso uno de los imputados, Andrés Omar Ombrosi, fue finalmente excluido del cargo por considerar que no integró la cadena de responsabilidad funcional que permitió la maniobra.

El voto del vocal preopinante, Juan Pablo Peredo, fue categórico: la operación generó un perjuicio económico cierto, cuantificable y atribuible a los funcionarios involucrados. A ese criterio adhirieron Gustavo Diez, Daniel Chillo, Ariel Pietronave y el presidente del Tribunal, Federico Thea.


El Astillero Río Santiago (ARS).

La resolución ordena notificar a los cuatro sancionados para que en un plazo improrrogable de noventa días depositen el monto indicado. También les informa que pueden recurrirla dentro de quince días o iniciar una demanda contencioso-administrativa, aunque en ese caso deberán notificar inmediatamente al Tribunal. De lo contrario, el organismo dará intervención al fiscal de Estado para promover las acciones de ejecución pertinentes.

El caso vuelve a poner al Astillero Río Santiago en el centro de una polémica recurrente: la falta de controles internos, las responsabilidades políticas acumuladas durante años y el costo para las arcas provinciales. (www.REALPOLITIK.com.ar)