8 de diciembre de 2025 | Municipales
El Honorable Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires confirmó una serie de sanciones económicas contra el intendente de la municipalidad de Hurlingham, Damián Selci, tras detectar irregularidades graves en la rendición de cuentas del ejercicio 2023. Aunque el jefe comunal había presentado un recurso para revertir el fallo inicial, el organismo solo aceptó una reducción mínima de la multa y mantuvo la mayoría de los cargos en su contra.
La multa contra Selci quedó establecida en 280 mil pesos, que el intendente deberá depositar en un plazo de noventa días. El Tribunal consideró que, como máxima autoridad del municipio durante el período auditado, Selci es responsable del incumplimiento de numerosas obligaciones administrativas, aun cuando parte de los hechos se originaran en gestiones anteriores.
Además, Selci deberá responder de manera solidaria por un perjuicio económico de 77.784,93 pesos, monto derivado de fondos rotatorios no reintegrados por un exfuncionario. El Tribunal detalló que ese cargo involucra también al exintendente Juan Zabaleta y a los exdirectores de Recursos Humanos, Guillermo Righini y Miguel Ángel Viola.
El fallo repasa uno por uno los incumplimientos que motivaron las sanciones. Entre los puntos más relevantes se destacan:
- Falta de legajos de personal. No se remitió la documentación de más de treinta agentes municipales de planta permanente y transitoria. El Tribunal remarcó que Selci ya ejercía como intendente cuando se cursaron los requerimientos y que era su responsabilidad garantizar la custodia de los antecedentes.
- Omisiones en la administración de bienes municipales. No se entregó el listado final y actualizado de vehículos oficiales, ni las constancias de seguros. Tampoco se justificaron las inconsistencias detectadas en la ubicación de grupos electrógenos, desfibriladores, heladeras, freezers y diez camionetas Foton adquiridas por licitación pública. El Tribunal recordó que los bienes “son de la municipalidad” y no de una gestión en particular.
- Falta de documentos en el Registro de Proveedores. Si bien Selci luego aportó legajos y balances de proveedores, los documentos reproducían las mismas irregularidades que habían sido señaladas inicialmente. Aun así, el Tribunal decidió dejar sin efecto la sanción correspondiente a este punto al valorar la colaboración posterior.
- Falta de impulso de acciones de cobro. Selci no aportó los estados de deuda ni las gestiones realizadas sobre barrios cerrados, entidades financieras y empresas con obligaciones impagas en tasa de Servicios Municipales, Seguridad e Higiene, Red Vial y Derechos de Construcción. Los montos involucraban a countries como Los Troncos, La Leonor, Las Cabañas Village y La Huella, además de bancos y grandes compañías como TACSA, Día Argentina y Ecoterra.
- Adelantos y fondos no recuperados. El Tribunal analizó saldos pendientes de reintegro correspondientes a cajas chicas y adelantos a funcionarios. Aunque Selci acreditó retenciones posteriores, quedó un monto sin recuperar vinculado al exfuncionario Maximiliano Topino, por lo que se mantuvo un cargo de 77.784,93 pesos.
- Bonificaciones por capacitación sin respaldo documental. No se explicaron vacíos en certificaciones de cursos abonados a personal municipal entre enero y octubre de 2022. El organismo sostuvo que la dirección de Personal no era la única responsable y que el intendente debía garantizar el proceso completo de validación.
Además del intendente, el Tribunal confirmó un cargo de 314.594,06 pesos contra el contador municipal Pablo Javier Suárez y el tesorero Alejandro Torres, por irregularidades en una conciliación bancaria que incluía un débito no registrado por la comuna.
El organismo también ordenó notificar a todos los funcionarios involucrados y fijó un plazo de noventa días para efectuar los depósitos correspondientes o iniciar demanda contencioso administrativa.
La resolución deja en claro que el Tribunal de Cuentas evaluó en profundidad el descargo del intendente, pero concluyó que la mayoría de las omisiones no fueron subsanadas y que la justificación basada en la emergencia administrativa o en la brevedad del mandato no lo eximía de responsabilidad.
La confirmación de las sanciones constituye un llamado de atención para la administración municipal y un precedente para futuras revisiones de cuentas: el jefe comunal, como máxima autoridad del municipio, debe garantizar el cumplimiento de cada obligación administrativa, aún cuando la irregularidad se origine en otra gestión. (www.REALPOLITIK.com.ar)