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17 de mayo de 2019 | Provincia

Años de desidia

La Justicia instó a ACUMAR adoptar medidas para frenar la contaminación del Riachuelo

El ente encargado de limpiar la Cuenca deberá tomar acciones de manera urgente. “Constituye un derecho humano el acceso al aire sin contaminantes agregados”, sentenció el juez Jorge Ernesto Rodríguez.

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El titular del juzgado federal en lo Criminal y Correcional Nro. 2 de Morón, Jorge Ernesto Rodríguez, instó a la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR) a actuar para frenar y controlar los gases que generan contaminación del río y las zonas linderas a éste. En el marco del expediente “ACUMAR s / Estado de aguas, napas subterráneas y calidad de aire”, el magistrado resolvió declarar que “constituye un derecho humano el acceso al aire sin contaminantes agregados como consecuencia de actividades antrópicas que puedan producir daños a la salud humana”.

En favor del medio ambiente, Rodríguez, uno de los jueces que ejecuta el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) que ordenó limpiar el Riachuelo, ordenó a ACUMAR que en un plazo de veinte días establezca el elemento numérico para monitorear la presencia de benceno en el aire, un hidrocarburo líquido a temperatura ambiente, incoloro, tóxico e inflamable que se usa en la fabricación de plásticos, explosivos, colorantes y como materia prima de numerosas síntesis orgánicas. Dicho gas es sumamente dañino para la salud humana.

Para mantener un control del nivel de contaminación, el juez le pide al organismo público encargado de sanear el Riachuelo que “de modo semestral” realice “informes integrados con los datos de la provincia y la ciudad de Buenos Aires y como así también de la firma contratada por el ente”.

FUNDAMENTOS

El objetivo de unificar informes es realizar una evaluación fundada de los riesgos para los daños en la salud que puedan generar la presencia de los elementos detectados. “La gestión para mejorar la calidad del aire exige la adopción de medidas suficientes para hacer frente a la contaminación que impacta gravemente a la salud infantil y materna”, argumentó el magistrado.

“La directa vinculación del medio ambiente con el nivel de vida de las personas, hace que el respeto de este derecho sea una condición necesaria para el disfrute y ejercicio del resto de los derechos”, sostuvo Rodríguez en el fallo que ordena controlar la contaminación. Cabe recordar que la CSJN sentenció que el Riachuelo debía ser saneado en el año 2008; sin embargo, once años después, hubo pocos avances. (www.REALPOLITIK.com.ar)


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