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21 de noviembre de 2020 | Historia

El fin de la “primavera democrática”

Rebeliones carapintadas y ley de Obediencia Debida

La ley de Obediencia Debida significó el principio del fin de la “primavera democrática”, ya que su decisión fue interpretada como una clara señal de debilidad presidencial y de resignación de su compromiso con los derechos humanos. 

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por:
Alberto Lettieri

Al vencer el plazo de las presentaciones de las denuncias, quinientos militares se encontraban procesados por delitos aberrantes. Las Fuerzas Armadas expresaron su repudio y un grupo de militares de rangos intermedios, alentados por los ex generales Antonio Bussi, Ramón Camps y Luciano Benjamín Menéndez, se opusieron a brindar declaración en la Justicia civil. Mientras tanto, el Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas respaldaba la actuación del Ejército durante la última dictadura, y el Círculo Militar y el Centro Naval denunciaban la aplicación de criterios políticos en los procesos judiciales.

Durante la Semana Santa de 1987, el teniente coronel Aldo Rico, liderando un grupo de oficiales y suboficiales con sus caras pintadas, tomó la Escuela de Infantería de Campo de Mayo y exigió el cese de los juicios y la remoción del jefe del Ejército. Los sublevados cuestionaban a sus generales por su tolerancia frente al accionar de las instituciones políticas y judiciales. La sociedad reaccionó manifestándose masivamente en respaldo de la democracia y de los derechos humanos, y la CGT declaró una huelga general en respaldo del gobierno constitucional. Ante la multitud reunida en Plaza de Mayo, Alfonsín declaró que la democracia estaba asegurada. Luego anunció que iría a Campo de Mayo a resolver la situación y que descartaba toda alternativa de negociación. A su retorno, despidió a los manifestantes con un discurso tranquilizador, que concluía con la sentencia: “La casa está en orden. Felices Pascuas. No hay sangre derramada en la Argentina”.

Los manifestantes ignoraban que esa frase rubricaba el acta de defunción de la “primavera democrática”. Alfonsín había negociado y cedido a todas las presiones de “los carapintadas”, dando garantías de que no habría nuevos juicios contra militares por violación de los derechos humanos. También había acordado el reemplazo del jefe del Ejército, general Héctor Ríos Ereñú, por el general José Caridi. Antes de cumplirse el mes desde el levantamiento carapintada, a instancias del presidente Alfonsín, el Congreso Nacional aprobó la ley de Obediencia Debida, que absolvía de la comisión de delitos de lesa humanidad a los militares de rango intermedio y menor, al alegar que habían actuado en cumplimiento de órdenes recibidas. Entre los beneficiarios se contaban los genocidas Antonio Bussi y Alfredo Astiz.

En el momento de su sanción, la ley de Obediencia Debida y la ley de Punto Final, conocidas como “leyes de impunidad”, recibieron la condena generalizada de los organismos de derechos humanos y de las agrupaciones progresistas. Estas normas solo sirvieron para incrementar la sensación de impunidad dentro de la corporación militar. En 1988, el gobierno de Alfonsín debió afrontar nuevas demandas carapintadas, que exigían el indulto a los militares ya condenados, la reivindicación del combate contra la subversión y reclamos salariales. La primera de estas sublevaciones tuvo lugar en Monte Caseros y fue liderada nuevamente por Aldo Rico, aunque fracasó y sus responsables fueron sometidos a sanciones administrativas. La segunda se inició en los comandos de la Prefectura Naval, se extendió a la Escuela de Infantería de Campo de Mayo y finalmente al Batallón de Arsenales 101, al mando del coronel Mohammed Alí Seineldín. Luego de tensas negociaciones entre Seineldín y el jefe del Estado Mayor del Ejército, general Caridi, se acordó el reemplazo de este último por el general Francisco Gassino, y se garantizaron algunas concesiones menores. Sin embargo, los carapintadas fueron perdiendo predicamento dentro de las Fuerzas Armadas, en la medida en que las leyes de impunidad ya habían sido concedidas por Alfonsín, y ahora se limitaban a expresar reclamos sectoriales.

Las leyes de Punto Final y Obediencia Debida se mantuvieron en vigencia hasta el 20 de agosto de 2003, cuando fueron derogadas por el Congreso Nacional, con efecto retroactivo, a instancias del presidente Néstor Kirchner. (www.REALPOLITIK.com.ar)


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