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11 de diciembre de 2020 | Legislativas

Tras una sesión maratónica

Aborto legal: Se consiguió la media sanción en Diputados y pasó al Senado para su definición

En la mañana de este viernes, con 131 votos a favor, se dio un paso en la legalización del aborto en la Cámara baja. Ahora, el proyecto pasa a la Cámara alta de Senadores, donde se definirá si se transforma o no en ley.

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Esta mañana, a las 7:23 horas, la Cámara de Diputados de la nación aprobó, tras más de 20 horas de debate, con 164 oradores a favor y en contra, el Proyecto de Interrupción Voluntaria del Embarazo. Fueron 131 los votos a favor, 117 los legisladores que votaron en contra y 6 los que se abstuvieron. 


La votación culminó con 131 votos positivos.

Esta sesión especial, que comenzó el jueves poco después de las 11:00 horas, también contó con la presencia desde los palcos de la ministra de Mujeres y Diversidades, Elizabeth Gómez Alcorta; la secretaria de Salud, Carla Vizzotti; la secretaria Legal y Técnica, Vilma Ibarra; y el ministro de Salud, Ginés González García.

En las afueras del recinto, la definición de los diputados fue celebrada al son de “aborto legal en el hospital” por una multitud de mujeres con pañuelos verdes que se habían congregado en una vigilia que siguió minuto a minuto el debate en las puertas del Congreso. 

Ahora, ya conseguida la media sanción, el proyecto pasará al Senado de la nación, en donde se terminará de decidir si la iniciativa se convierte en ley. En las próximas horas se definirán la cantidad de comisiones a las que se girará el proyecto y si se repite la formula de debate del 2018, donde la propuesta terminó siendo archivada por una diferencia de siete votos. El oficialismo espera la aprobación, con una votación ajustada, y quiere tratarlo el 29 de diciembre en el recinto. 

LOS PRINCIPALES PUNTOS DEL PROYECTO

El proyecto aprobado en Diputados contempla, entre sus principales ejes, que se consagre el derecho de mujeres y personas con capacidad de gestar a decidir la interrupción del embarazo, asimismo requerir y acceder a la atención del aborto y recibir atención luego de que se realice el procedimiento en los servicios del sistema de salud. La práctica se permitirá hasta la semana catorce inclusive y fuera de ese plazo se podrá acceder en caso de violación o si estuviese en peligro la vida o la salud integral de la gestante. 

En caso de menores de 13 años, se debe contar con el consentimiento y la asistencia de al menos uno de sus progenitores o representante legal. En caso de adolescentes de entre 13 y 16, deberán tener un acompañante o “referente afectivo”. 

Además, el profesional de salud que deba intervenir en la interrupción de manera directa tiene derecho a ejercer la objeción de conciencia y para ello deberá mantener su decisión en todos los ámbitos en que ejerza su profesión, sean públicos o privados. En esta línea, si un centro de salud no puede realizar el aborto por falta de personal debido a la objeción de conciencia, deberán disponer la derivación a otro espacio, de similares características, donde se dé la prestación. Asimismo, el personal de salud no podrá negarse a la realización de la práctica en caso de que la vida o salud de la paciente esté en peligro y requiera atención inmediata; tampoco podrá tomar la decisión de no prestar atención sanitaria en el postaborto. (www.REALPOLITIK.com.ar) 


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