
Municipales
La emergencia del estado moderno fue el resultado de un largo proceso desarrollado entre los siglos XIV y el Siglo XVIII, que constituye la contracara de la crisis y disolución del antiguo régimen.
Cuando hablamos de estado nos referimos a una relación social, a una organización que ejerce el mando sobre un territorio determinado y goza del monopolio del uso de la fuerza legítima. Sin embargo, históricamente esta concentración del poder no se dio de un día para otro. En efecto, la construcción del poder estatal requirió el establecimiento de derechos y reglas, asociadas a esa centralización de la autoridad.
Hacia fines del Siglo XIV se concretó el eclipse del sistema feudal. El sistema feudal se componía de poderes dispersos y soberanías fragmentadas, en el que un monarca tenía, en teoría, la propiedad de la tierra, cuya posesión distribuía entre sus nobles a fin de garantizar su lealtad. La propiedad de la tierra permitía establecer un sistema de relaciones de vasallaje y un vínculo de dependencia política, que incluía una serie de contraprestaciones en las que la protección física y el usufructo de la tierra jugaban un papel decisivo.
Diversas fueron las causas estructurales, cíclicas y coyunturales, que llevaron a este corolario: la Guerra de los Cien Años, el desarrollo de ciudades y de nuevas fuerzas sociales alrededor del comercio, la Peste Negra, el crecimiento de la burguesía comercial, el descubrimiento de nuevos continentes, etc. Como consecuencia, la nobleza perdió el privilegio de administrar justicia, la capacidad de recaudar impuestos, los ejércitos pasaron de ser de dominio del señor para responder a la corona, mientras comenzaba a transitarse hacia un orden encabezado por monarquías hereditarias de origen divino, que contaban con la capacidad de recaudar impuestos y armar una burocracia para administrar y defender el territorio.
La base de esta organización fue frecuentemente el derecho romano, lo que permitió dar vida a una incipiente relación entre estado y derecho. El dinero y la cultura –identificados con las nuevas clases comerciales burguesas- comenzaron a ocupar un papel creciente como pilares de un nuevo orden y de una nueva sociedad. Sin embargo, durante un largo tiempo los privilegios nobiliarios y la tenencia de tierras continuaron desempeñando un papel esencial.
El paso que se dio en este momento significó cambiar un orden estamental, regido por lo que se era, por el nacimiento, a otro organizado en torno a las clases, regido por lo que se hacía, por la profesión, por hacer dinero, por ciertas formas de vida. El pasaje de una economía señorial a otra capitalista implicó asimismo, desde la perspectiva del proceso de construcción de una autoridad, un cambio revolucionario: paulatinamente se fue dejando atrás un orden en el que el rey era soberano de los señores, a otro en el que rey pasó a ser soberano de todos los órdenes sociales, concentrando la soberanía. Por lo tanto, el vínculo entre los individuos-súbditos y el poder soberano pasó a ser de obediencia respecto de una autoridad cuya legitimidad se fundaba en un origen divino.
La autoridad real pasó a detentar un poder legítimo, incuestionado, capaza de fundar un nuevo orden económico, político y social. Esto implicó una transformación de la autoridad pública, producto de la consolidación de la relación entre un monarca que concentraba y centralizaba los poderes, y los individuos. Sin embargo, si bien el poder del monarca era un poder concedido –en la medida en que tenía un fundamento teológico-, también era un poder creado, un poder que acumulaba funciones en su administración, y creaba nuevas leyes de cumplimiento obligatorio generalizado.
A fines del Siglo XVI el francés Jean Bodin aportó un significativo fundamento para la autoridad de este poder en “De la República”. Bodin afirmaba que allí donde había poder soberano –vg., soberanía: justificación de por qué se obedece, palabra que en la Edad Media no se había utilizado con este sentido, ya que “soberano” sólo era un sinónimo de “rey”- existía un estado.
De este modo retomaba así el término introducido por Nicolás Maquiavello medio siglo antes, para definir a la “cosa pública”, similar a lo que los griegos llamaron polis, y los romanos res publica. Para Bodin “soberano” era un poder supremo que no tenía sobre sí otros poderes, y cuyos principales atributos eran lo perpetuo y lo absoluto -de ahí la denominación de “absolutismo”-.
Este poder supremo no sólo tenía el poder de dar leyes a sus súbditos, y anular o sustituir las inútiles, sino de exigir obediencia, ya asociaba al derecho que creaba su disposición del uso de la fuerza (los ejércitos).
Así, a las puertas del Siglo XVII es posible identificar la emergencia de un poder concentrado en la autoridad monárquica, y la configuración de reinos, que sucedieron como organización político-territorial al disperso mundo medieval. El estado moderno, con la fijación de las fronteras nacionales, implicaba la posibilidad de formación de un mercado nacional, y, con ello, la aceleración del crecimiento del comercio y de la industria. Su consecuencia directa sería la consolidación de una nueva clase social: la burguesía. (www.REALPOLITIK.com.ar)
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