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1 de enero de 2024 | Nacionales

En los estudios de REALPOLITIK.FM

Legítima defensa: "Hoy tiene una amplitud que jurisprudencialmente se ha limitado"

El abogado penalista Darío Saldaño visitó los estudios de RADIO REALPOLITIK FM (www.realpolitik.fm) para hablar sobre las modificaciones en torno a la legítima defensa, inmersas en la ley Ómnibus que envió el presidente al Congreso.

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por:
Facundo Quiroga

"Hoy las personas en la calle saben con un grado importante de precisión lo que es la legítima defensa, es decir, saben que estando en riesgo la vida, uno tiene derecho a matar u otro tipo de daños para con el agresor", indicó el abogado Darío Saldaño.

En consonancia, destacó que "el alcance y el contenido de este derecho depende de cada sociedad, de su configuración y decía Günther Jakobs, un pensador alemán del derecho penal, que depende del estadio del desarrollo de cada sociedad será el alcance y contenido de cada legítima defensa y ese es un poco el debate de la situación actual". "Hoy en nuestro país tenemos una legítima defensa desde el punto de vista normativo, es decir, lo que está en el Código Penal, artículo 34 inciso 6, tiene una amplitud que jurisprudencialmente se ha recortado o limitado", detalló el penalista.

Por otra parte, destacó que "el proyecto de ley Ómnibus involucra determinados cambios que a mi juicio tiene que ver con estas diferentes realidades que se van dando desde el momento en que se consagró la legítima defensa en el mencionado artículo a la actualidad". "Por ejemplo, en la legítima defensa actual se genera una presunción a favor, donde si durante la noche alguien entra al domicilio propio y esa persona sufre un daño o muerte está justificada la agresión y en este proyecto de ley se saca la palabra durante la noche y pasa a ser durante cualquier momento del día", explicó Saldaño.

Asimismo, Saldaño comentó: "En la actualidad se habla del concepto hogar y hay que entenderlo como el lugar donde uno vive y el proyecto modifica esto porque no solamente no habla de hogar, sino que dice que uno legítimamente este en ese lugar, ya sea por una cuestión laboral o por residencia". "Esto implica que con la redacción uno tenía legítima defensa si era el lugar donde uno vivía, donde estaba la familia, donde uno descansaba, donde uno tenía residencia habitual y permanente y en el actual si uno trabaja cuidando un lugar o está realizando otra tarea y se comete un hecho de defensa previsto se justifica esto", completó para cerrar. (www.REALPOLITIK.com.ar)


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Darío Saldaño, Facundo Quiroga

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