Municipales
Son proveedoras de servicios sensibles del estado: comida en hospitales y limpieza en sedes administrativas. En los últimos años enfrentaron sanciones oficiales, intimaciones sanitarias y denuncias por despidos en pandemia. Ahora se suman dudas financieras que deberían ser motivo de exclusión preventiva en futuras adjudicaciones públicas.
Codyela SA y Distribon SRL no son nombres conocidos para el gran público. No venden un producto final al consumidor. No hacen publicidad. No dan entrevistas. Operan en otra capa: la de la contratación estatal.
Una de ellas, Codyela SA, maneja raciones de alimentos en instituciones públicas. La otra, Distribon, tiene a su cargo servicios de limpieza y mantenimiento en edificios administrativos estratégicos. Ambas participan del corazón operativo del estado: hospitales, ministerios, oficinas donde el estado funciona todos los días.
Pero detrás de esa fachada de “proveedores esenciales”, los registros oficiales y denuncias laborales muestran otra historia: incumplimientos contractuales, sanciones formales, alimentos cuestionados por salubridad, sueldos rebajados, despidos de personal de riesgo durante la pandemia y, según la información que surge de bases crediticias consultables en el Banco Central de la República Argentina, señales de estrés financiero. Todo eso en empresas que siguen cobrando con fondos públicos.
Codyela SA fue objeto de sanciones por parte del propio estado al que le vende servicios. En el Boletín Oficial del gobierno de la Ciudad de Buenos Aires consta que la compañía —en unión transitoria con Biocam Catering SA— recibió una multa por “incumplimiento del pliego de bases y condiciones”, incluyendo la entrega incompleta de productos alimentarios comprometidos, entre ellos insumos como queso sardo. Esta no es una observación política: es una sanción administrativa con un expediente oficial de la dirección General de Compras y Contrataciones.
Los problemas de calidad no terminaron ahí. En la provincia de Buenos Aires, el ministerio de Salud intimó a Codyela SA luego de que, en el hospital Interzonal José Penna de Bahía Blanca, personal sanitario detectara un caracol dentro de una ración de comida servida a pacientes. El episodio fue revelado por distintos medios, que además destacaron que, pese a incidentes de ese tipo, la firma siguió recibiendo adjudicaciones millonarias por servicios de alimentación.
El mensaje es claro: un proveedor que sirve comida con fallas de higiene en un hospital público continúa siendo contratado por el propio estado que detectó esas fallas.
En otra publicación oficial —esta vez en el Boletín Oficial de la República Argentina— se dejó constancia de que Codyela SA se presentó sin la garantía de mantenimiento de oferta y sin los certificados de libre deuda sindical (UTHGRA y OSUTHGRA), exigidos como condición básica de admisibilidad en procesos de contratación pública.
Dicho en llano: la empresa ingresó a competir por fondos públicos sin acreditar requisitos laborales y sindicales elementales. Para cualquier otra pyme esto suele significar quedar afuera inmediatamente. Para Codyela SA, no.
Distribon SRL opera en otra área crítica: limpieza y mantenimiento en edificios estatales de alta circulación. En las torres del Centro Administrativo Gubernamental de La Plata —edificios neurálgicos de la administración pública bonaerense—, los trabajadores tercerizados denunciaron que la empresa aplicó rebajas salariales, precarización de las condiciones de contratación y amenazas de reemplazo mediante rotación de razones sociales, esquema habitual en las tercerizaciones duras: se licita con un nombre, se ejecuta con otro y el personal queda siempre inestable.

Según esos mismos medios, Distribon SRL despidió a once trabajadores que estaban con licencia médica por integrar grupos de riesgo sanitario. Esos despidos, denuncian los trabajadores, también violaron la conciliación obligatoria dictada por el ministerio de Trabajo de la provincia de Buenos Aires.
Traducido a términos estrictos: una contratista del estado que presta servicio esencial en edificios públicos procedió a echar personal protegido, en contexto de emergencia sanitaria y bajo prohibición expresa.
No se trata de dos historias aisladas. Norma Yolanda Leyva y Alejandro Raúl Davison son las caras detrás de las empresas. Distintas fuentes sindicales y políticas señalan que Distribon SRL y Codyela SA estarían vinculadas por lazos societarios y gerenciales, integrando en los hechos un mismo grupo empresario que ofrece servicios tercerizados a organismos públicos bajo distintas razones sociales: alimentación por un lado, limpieza por el otro.
En esos informes se menciona que personas físicas asociadas a la gestión de Distribon también figuran conduciendo Codyela SA, lo cual explicaría la repetición de patrones: presión sobre costos laborales, incumplimientos formales frente al estado y, cuando aparecen conflictos, sustitución rápida de marca/razón social para volver a ofertar.
Este tipo de arquitectura —múltiples sociedades espejo que giran alrededor de los mismos nombres— dificulta la trazabilidad para los propios organismos públicos que contratan. También hace más complejo sancionar de manera efectiva: se multa a una razón social, pero la otra sigue facturando.

Las conexiones entre Codyela SA y Distribon SRL no parecen ser meras coincidencias del mercado. Detrás de ambas razones sociales se repiten nombres, cargos y firmas de cheques, en una trama que revela más una estrategia de diversificación nominal que una independencia real de gestión. Según registros públicos y documentación bancaria, Alejandro Raúl Davison figura como presidente y firmante de cheques en ambas compañías, mientras que Norma Yolanda Leyva ocupa simultáneamente funciones directivas y gerenciales en cada una de ellas.
Esta superposición de autoridades y responsabilidades plantea un interrogante sobre la transparencia con que ambas empresas participan en licitaciones públicas, al punto de que podrían estar compitiendo entre sí en determinados procesos. En la práctica, Codyela SA y Distribon SRL parecen funcionar como un mismo grupo empresario con múltiples fachadas legales, lo que debilita los controles del estado y permite una continuidad de contratos incluso cuando una de las razones sociales enfrenta sanciones o denuncias.
La duplicidad societaria y la concentración de poder decisorio en un mismo núcleo de personas erosionan la esencia de la competencia en la contratación pública. Cuando dos empresas formalmente distintas comparten presidentes, gerentes y firmantes de cheques, el proceso licitatorio pierde legitimidad: no se trata de distintos oferentes, sino de un mismo grupo diversificado para mantener presencia en el circuito estatal aun frente a sanciones o cuestionamientos. Esta práctica, extendida en algunos sectores de servicios tercerizados, distorsiona la libre competencia, dificulta el control administrativo y expone al estado a contratar con proveedores que acumulan antecedentes negativos bajo distintas razones sociales. En un país que busca reconstruir estándares de integridad y eficiencia en el gasto público, estos casos muestran que la opacidad empresarial sigue siendo un talón de Aquiles en la relación entre el sector privado y la administración estatal.
La pregunta que queda planteada, entonces, no es técnica sino política: ¿Por qué el estado mantiene contrataciones con proveedores que combinan antecedentes de sanciones, conflictos sanitarios y laborales, y potencial fragilidad financiera?
Fuentes del sector de control de gestión en empresas públicas señalan que, con este nivel de alertas, hay tres medidas mínimas que cualquier organismo adjudicante debería aplicar de inmediato:
- Cláusula de integridad operativa: Si una empresa recibe sanciones por calidad de servicio (por ejemplo, raciones alimentarias contaminadas o incompletas), queda automáticamente inhabilitada para seguir proveyendo hasta que supere una auditoría sanitaria independiente.
- Cláusula de integridad laboral: Las empresas denunciadas por despidos prohibidos o incumplimiento de conciliaciones obligatorias laborales deberían quedar bajo observación reforzada e informar mensualmente su nómina, junto con constancia de no registrar despidos masivos ni rebajas salariales encubiertas.
- Cláusula de solvencia financiera: Toda empresa adjudicataria debe presentar, junto con cada factura mensual, la constancia actualizada de la Central de Deudores y la Central de Cheques Rechazados del BCRA. Si figura con cheques rechazados sin levantar o en situación crediticia de alto riesgo, el organismo debería tener la facultad de suspender pagos y activar un plan de contingencia para garantizar la continuidad del servicio con otro proveedor.
Codyela SA y Distribon SRL no son simplemente contratistas. Son un caso testigo de cómo el estado terceriza funciones críticas —alimentación hospitalaria, limpieza de dependencias estratégicas— en manos de privados que acumulan observaciones por calidad, por conducta laboral y, potencialmente, por solvencia financiera.
Mientras tanto, quienes comen de esa comida son pacientes del sistema público. Quienes limpian esos edificios son trabajadores tercerizados con menos derechos. Y quienes pagan las facturas mutimillonarias son los contribuyentes. (www.REALPOLITIK.com.ar)
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