Una grave denuncia quedó radicada este 18 de febrero bajo el número CPE 159/2026 en el juzgado Federal de Garantías en lo Penal Económico Nro. 6. El escrito, presentado por Daniel Sarwer como “pretenso querellante”, solicita la apertura de una investigación por presuntos delitos de lavado de activos, financiamiento ilícito y organización criminal que involucrarían al presidente Javier Milei; la secretaria General de la Presidencia, Karina Milei; y al empresario acusado de narcotráfico, Fred Machado.
La presentación, dirigida a la Cámara Federal en lo Penal Económico, reclama además la acumulación de todas las causas “dispersas” que tramitan en distintos juzgados de Comodoro Py y el fuero penal económico, bajo el argumento del principio de unidad de investigación en delitos complejos.
El escrito sostiene que existirían circuitos financieros vinculados a estructuras societarias y operaciones relacionadas con “Libra y Milei”, que requerirían —según el planteo— una trazabilidad integral de fondos. En ese marco, invoca el artículo 303 del Código Penal (lavado de activos) y solicita cooperación de organismos como la Unidad de Información Financiera (UIF) y entidades internacionales.
Uno de los puntos más llamativos es la mención expresa a legislación estadounidense —la ley RICO y la ley FISA— para eventuales investigaciones transnacionales y análisis de comunicaciones electrónicas, una pretensión cuya viabilidad procesal dependerá del encuadre jurídico que adopte el juzgado interviniente.
El denunciante pide la citación como testigos de la senadora nacional, Patricia Bullrich, del asesor presidencial Santiago Caputo, del ministro Luis Caputo y del gobernador riojano Ricardo Quintela.
Asimismo, solicita la producción urgente de prueba documental, incluyendo audios y registros oficiales, además de publicaciones periodísticas de Forbes y del Diario de La Rioja, que considera relevantes para la investigación.
En el plano cautelar, reclama la preservación inmediata de documentación y registros financieros, la prohibición de alteración o destrucción de pruebas y la eventual inmovilización preventiva de fondos vinculados a los denunciados.
El escrito también formula recusación directa contra los jueces federales Ariel Lijo y Marcelo Martínez Di Giorgi, a quienes atribuye presuntas omisiones o acciones que habrían favorecido la dispersión de causas. Plantea, además, reserva del caso federal ante una eventual intervención de la Corte Suprema.
En términos procesales, la recusación deberá cumplir con los requisitos formales previstos en el Código Procesal Penal y será analizada en el marco de las actuaciones que correspondan.
La Mesa General de Entradas de la Cámara confirmó que la denuncia fue ingresada y registrada bajo el número CPE 159/2026, quedando radicada en el Juzgado Federal de Garantías en lo Penal Económico Nro. 6.
Desde el punto de vista jurídico, la radicación no implica imputación formal ni apertura automática de una causa penal contra los mencionados. El juez interviniente deberá evaluar la admisibilidad de la denuncia, determinar si existen elementos mínimos que justifiquen la apertura de una investigación preliminar y resolver sobre las medidas solicitadas.
La presentación se inscribe en un contexto de creciente judicialización de la política y de tensiones en el fuero federal. De prosperar el pedido de acumulación, podría concentrarse bajo un mismo magistrado un conjunto de expedientes con potencial impacto institucional. (www.REALPOLITIK.com.ar)