El Honorable Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires aprobó la rendición del ejercicio 2024 del Consorcio para el Desarrollo del Noroeste de la provincia de Buenos Aires (CODENOBA), pero dejó al descubierto una serie de irregularidades institucionales y contables que derivaron en sanciones formales contra autoridades políticas y responsables administrativos del ente bajo la gestión de Daniel Stadnik.
Si bien las cuentas fueron finalmente convalidadas, el fallo 1/2026 advierte incumplimientos vinculados al funcionamiento orgánico del consorcio y al manejo técnico de los fondos, lo que motivó la aplicación de amonestaciones y llamados de atención.
La observación más relevante apunta a la falta de constitución y funcionamiento regular de la asamblea deliberativa del CODENOBA, órgano que debe examinar y aprobar la rendición de cuentas elevada por la mesa ejecutiva. El Tribunal constató que no se acreditó la designación formal de sus integrantes mediante los decretos correspondientes ni la elevación de la rendición para su tratamiento, tal como exige el estatuto.
Por esta omisión fue sancionado con amonestación el presidente del Consorcio, Daniel Ángel Stadnik, en su carácter de titular del órgano administrador y responsable de elevar la documentación ante la asamblea.
La responsabilidad también alcanzó a los presidentes de los concejos deliberantes de los municipios integrantes del ente, a quienes el fallo atribuye no haber garantizado los mecanismos de designación y control previstos estatutariamente. Recibieron amonestación Luis Martín Pulero (Alberti), Daniel Alcides Alianello y Germán Ismael Marini (Bragado, en sus respectivos períodos), Ana Emelina Laffont (Carlos Casares), Maximiliano Gañet Rognoni (General Viamonte), Silvina Anahí García (Hipólito Yrigoyen), Jorge Pablo Rosolen (Rivadavia), Marta Susana Bathis (Trenque Lauquen), Franco Elio Caneparé (Bolívar), Adriana Alejandra Juárez (Daireaux) y Jorge Javier De Marcos (25 de Mayo).
El Tribunal entendió que, en su calidad de autoridades de los cuerpos deliberativos municipales que integran el consorcio, debían asegurar la designación de representantes y el adecuado funcionamiento de la asamblea, extremo que no pudo acreditarse en el expediente.
El segundo eje de observación estuvo vinculado a la registración y conciliación de fondos. La auditoría detectó una diferencia entre los saldos contables y los saldos bancarios en las cuentas de terceros, compensada con fondos de libre disponibilidad. Si bien el Tribunal dejó constancia de que no existió faltante de dinero, sí señaló la falta de correspondencia técnica entre registros contables y bancarios.
Por este incumplimiento recibieron llamado de atención el contador del Consorcio, Jorge Gregorio Córdoba, y la tesorera María Fernanda Cal, al considerar que no se cumplió adecuadamente con la obligación de conciliación y correcta registración de los movimientos financieros.
El fallo, suscripto por los vocales Ariel Héctor Pietronave, Daniel Carlos Chillo, Gustavo Eduardo Diez y Juan Pablo Peredo, junto al presidente del organismo, Federico Gastón Thea, deja una conclusión ambivalente: las cuentas del ejercicio 2024 fueron aprobadas, pero el funcionamiento institucional del CODENOBA exhibió falencias formales que motivaron sanciones disciplinarias.
La resolución podrá ser recurrida por los funcionarios dentro del plazo legal previsto por la ley Orgánica del Tribunal de Cuentas. (www.REALPOLITIK.com.ar)