Una licitación millonaria para el servicio de visitas guiadas del Teatro Colón quedó bajo la lupa por denuncias de irregularidades, falta de acceso al expediente y la preadjudicación a la oferta más cara; la Justicia porteña dictó una cautelar y frenó los plazos hasta que se garantice la transparencia del proceso.
La licitación pública para el “servicio de conducción de visitas guiadas” del Teatro Colón (proceso Nro. 541-0949-LPU25) se transformó en el centro de una fuerte controversia administrativa y judicial, que vuelve a poner en cuestión los estándares de transparencia en la gestión de uno de los principales íconos culturales porteños. El llamado fue dispuesto por el Ente Autárquico Teatro Colón para regularizar un servicio que, Ente de Turismo de la Ciudad de Buenos Aires, los otros dos socios también exfuncionarios de Turismo), sin un contrato administrativo plenamente vigente.
Detrás de la discusión por esta licitación específica asoma un problema más amplio: la necesidad de garantizar procedimientos claros, trazables y controlables en la contratación de servicios estratégicos vinculados a la principal “vidriera” turística del teatro, las visitas guiadas, que constituyen una fuente relevante de ingresos y de construcción de imagen institucional.
El llamado a licitación se formalizó el 30 de octubre de 2025, con apertura de ofertas fijada para el 14 de noviembre del mismo año, bajo la modalidad de orden de compra abierta. Se presentaron tres empresas con propuestas de montos muy diferentes: Autotransportes Andesmar SA. ofertó 1.444.148.640,08 pesos; Torus SRL, 1.840.282.210,88 pesos; y PBG Travel & Events SRL, actual prestador del servicio, 2.289.300.000 pesos.
La diferencia económica es significativa: la propuesta de Andesmar resulta la más baja, mientras que la de PBG es la más alta y supera ampliamente a sus competidoras. A pesar de ello, para sorpresa de todos, la comisión evaluadora recomendó preadjudicar el servicio a PBG Travel & Events SRL, decisión que fue notificada mediante el acta de preadjudicación del 7 de enero de 2026, publicada luego en el Boletín Oficial y en el portal Buenos Aires Compras (BAC).
Vale destacar que
La controversia se acelera a partir de los planteos de Torus SRL, una de las empresas oferentes, que asegura haber recibido solo vistas parciales del expediente licitatorio y de la documentación técnica que respalda la preadjudicación. La firma solicitó, mediante el sistema de Trámites a Distancia (TAD), acceso integral a las actuaciones administrativas para poder analizar el contenido de las ofertas competidoras, los informes de evaluación y los antecedentes utilizados por el Teatro Colón y sus áreas técnicas.
Según surge de sus presentaciones, la empresa sostiene que el dictamen de preadjudicación hace referencia a informes contables, legales y técnicos que no fueron acompañados en forma completa ni puestos efectivamente a disposición, configurando —siempre de acuerdo con su postura— una “motivación por remisión” que no cumple con los estándares legales de fundamentación exigidos para los actos administrativos. En este escenario, Torus pidió ante la Justicia la nulidad de la notificación, la suspensión de los plazos para impugnar y el acceso pleno a la documentación utilizada en la evaluación de las ofertas.

El eje central del conflicto es que la oferta de mayor monto económico -la de PBG Travel & Events SRL- fue la elegida para la preadjudicación, pese a la existencia de alternativas más económicas. La comisión evaluadora invocó criterios de calidad del servicio y experiencia previa para sustentar esta preferencia, pero los fundamentos técnicos completos no habrían sido accesibles en su totalidad para los restantes oferentes, de acuerdo con lo relatado por Torus.
Al mismo tiempo, la empresa cuestionó la admisibilidad de la oferta de Andesmar, a la que acusa de carecer de requisitos sustanciales del pliego y de presentar parámetros económicos de “imposible cumplimiento real” en el contexto operativo del Teatro Colón. Según su planteo, la decisión de considerar válida esa propuesta —la más barata— habría impactado en el sistema de puntajes y, paradójicamente, terminado por favorecer la preadjudicación de la oferta más cara, la de PBG.
Torus también señaló que, en su caso, la documentación adicional solicitada por el Teatro Colón fue presentada en tiempo y forma, consistiendo en reiteraciones en formato PDF y ampliaciones de certificaciones de guías ya aportadas, y advirtió que esa instancia no podía utilizarse para subsanar omisiones esenciales de otros oferentes ni alterar el orden de mérito previamente configurado.
Una vez notificada la preadjudicación, la empresa denunció en el juzgado de primera instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nro. 23 (que conduce Francisco Javier Ferrer) - secretaría Nro.45 (a cargo de Gabriela Morel), EXP J-01-00006271/2026-0 iniciado el 12 de enero de 2026-,que el expediente licitatorio al que pudo acceder se encontraba “segmentado y parcial”. En sus escritos administrativos y judiciales afirmó que no figuran en las actuaciones enviadas algunas de sus propias presentaciones, en las que había denunciado supuestas irregularidades de ofertas competidoras, formulado observaciones técnicas y dejado constancia de reservas de derechos.
La ausencia de esas piezas, sostiene la firma, hace presumir que también podrían faltar escritos de otros oferentes, lo que impediría reconstruir de manera completa la secuencia del procedimiento y controlar la legalidad del proceso de evaluación. A ello se suma el planteo de que el propio sistema BAC no habría tenido habilitada la opción para cargar la impugnación correspondiente, bloqueando en los hechos —siempre según la denuncia— el ejercicio pleno del derecho de defensa dentro de los plazos previstos. Torus pidió que se habilite esa funcionalidad y que se fije un nuevo plazo, así como ser eximida de la garantía económica usualmente exigida para impugnar.
Frente a la falta de respuesta satisfactoria en sede administrativa y a la continuidad de las dificultades para acceder al expediente, Torus acudió al fuero Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires, solicitando una medida cautelar autónoma.
El juzgado interviniente hizo lugar parcialmente al planteo y ordenó: suspender el plazo para impugnar la preadjudicación, garantizar el acceso a los informes técnicos citados en el dictamen y permitir el conocimiento integral de la documentación complementaria presentada por los oferentes.
El Teatro Colón informó haber remitido la documentación requerida y sostuvo haber cumplido con la orden judicial, enviando archivos y actuaciones por correo electrónico. Sin embargo, Torus insistió en que la información continuaba incompleta y reiteró que el expediente administrativo no se le había proporcionado en forma íntegra. Ante ese planteo, el juez volvió a pronunciarse y dispuso la entrega completa del expediente, mientras la apelación de la medida cautelar por parte del organismo se mantiene pendiente de resolución.

En este contexto, la licitación del servicio de visitas guiadas del Teatro Colón permanece bajo una fuerte observación social, política y mediática. La medida cautelar vigente mantiene suspendidos los plazos para impugnar la preadjudicación hasta tanto se garantice el acceso pleno a la documentación técnica y administrativa que sustenta el dictamen a favor de PBG Travel & Events SRL.
El expediente judicial sigue en trámite y la controversia sobre la regularidad del procedimiento licitatorio continúa abierta, sin una respuesta pública detallada por parte de las autoridades del Teatro Colón sobre cada uno de los cuestionamientos planteados. Mientras tanto, el teatro sigue funcionando como principal emblema cultural de la Ciudad, pero con una de sus “ventanas” más visibles hacia el turismo —las visitas guiadas— atravesada por un debate que interpela directamente los principios de transparencia, igualdad de trato entre oferentes y rendición de cuentas en la gestión de los recursos públicos. (www.REALPOLITIK.com.ar)