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1 de febrero de 2018 | Provincia

Panorama REALPOLITIK

Paros en el Bapro: El Colegio de Abogados interpuso un amparo por la continuidad del servicio

A modo de respuesta y con el objetivo de asegurar la prestación de servicios de banca judicial, el Colegio de Abogados de La Plata promovió este jueves una acción de amparo, a fin de que se ordene al Banco de la Provincia de Buenos Aires mantener la actividad, incluso frente a medidas de fuerza sindicales o paros de personal.

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El secretario general de La Bancaria, Sergio Palazzo, encabezó los paros que le quitarán cuatro días de servicio bancario a un mes que ya es de por sí el más corto del año. Además, agregó “el quite de colaboración permanente” hasta que el gobierno modifique su actitud. El quid de la cuestión pasa, ni más ni menos, por las modificaciones en el régimen jubilatorio de la entidad. En una improvisada conferencia de prensa, Palazzo sostuvo que "erróneamente o de mala fe señalaron que los trabajadores del Bapro tienen un régimen jubilatorio de privilegio y no es así”.

A modo de respuesta y con el objetivo de asegurar la prestación de servicios de banca judicial, el Colegio de Abogados de La Plata promovió este jueves una acción de amparo, a fin de que se ordene al Banco de la Provincia de Buenos Aires mantener la actividad, incluso frente a medidas de fuerza sindicales o paros de personal.

La posibilidad de acceder al Banco Provincia resulta fundamental para la banca judicial, dado que es la única entidad bancaria autorizada en todo el territorio bonaerense. De este modo, y acorde al comunicado del Colegio de Abogados de La Plata, al garantizar el servicio del banco se estaría ejerciendo el mismo privilegio en “la efectividad del derecho al trabajo, a la propiedad y a la justa retribución de los abogados que deben cobrar libranzas judiciales, así como el derecho de acceso a la justicia y justicia en un plazo razonable para todos los justiciables”.

Mientras dure el proceso, el organismo requirió que se ordene cautelarmente el pago de libranzas judiciales, la recepción y acreditación de depósitos y transferencias judiciales, la toma de razón de toda medida cautelar judicialmente ordenada, el cobro de la tasa de justicia, el pago de cuotas alimentarias y la prestación de todo otro servicio en cumplimiento de demandas judiciales o relacionado con cuentas judiciales. La acción quedó radicada ante el Tribunal de Trabajo número 2 del Departamento Judicial de La Plata.  (www.REALPOLITIK.com.ar)  


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