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La impunidad del empresariado
Justicia parcial: Alfredo Coto no recibirá prisión preventiva por la tenencia de más de 200 granadas
A pesar de haber incurrido en un delito no excarcelable, el juzgado nacional en lo Criminal y Correccional Federal número 2 exceptuó al empresario Alfredo Coto de la prisión preventiva en la causa que pesa sobre su persona por tenencia ilegítima de materiales explosivos.
A pesar de haber incurrido en un delito no excarcelable, el juzgado nacional en lo Criminal y Correccional Federal número 2 exceptuó al empresario Alfredo Coto de la prisión preventiva en la causa que pesa sobre su persona por tenencia ilegítima de materiales explosivos.
Como se recordará, luego de recibir una denuncia anónima, el fiscal federal Jorge Di Lello inició una investigación que le insumió a su despacho algo más de seis meses, luego de lo cual se llevó a cabo una inspección de la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMaC) en uno de sus locales, ubicado en la calle Paysandú al 1800 de Caballito, en el que se encontró un arsenal que incluía 200 granadas, proyectiles de gases lacrimógenos, 27 armas de fuego, gas pimienta y silenciadores. Muchas de estas armas tenían pedido de secuestro y en otras se habían limados sus números identificatorios.
En un insólito ejercicio de la imaginación, el abogado de la familia Coto aseguró que las armas eran del personal de seguridad y tenían como objetivo servir de defensa en caso de saqueos. Resulta difícil imaginar que, incluso en el más grave de los saqueos, la empresa privada de seguridad responda arrojando 200 granadas sobre la muchedumbre, y luego dispararles como armas de fuego con pedido de secuestro y numeración limada.
A pesar de las apabullantes pruebas en su contra y lo delicado del delito, el juez federal Sebastián Ramos decidió dictarle un embargo y exceptuar al empresario de la prisión preventiva. Incluso entre los allegados al empresario se admitió que el monto de la orden judicial, 3 millones de pesos, no es más que “un vuelto” para el polémico Alfredo Coto. (www.REALPOLITIK.com.ar)
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