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8 de noviembre de 2018 | Municipales

Sigue la novela del intendente de Bahía Blanca

Héctor Gay, expuesto ante la decisión de la Justicia de impedir la intervención del parque industrial

Luego que se iniciara la contienda por el allanamiento de la sede del consorcio que maneja el área donde se aloja la industria del municipio del sur de la provincia, una resolución rechazó los argumentos de la toma de posesión por parte de la comuna.

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Un importante revés judicial recibió la gestión del intendente bahiense Héctor Gay cuando se anotició que la Justicia le daba la espalda en la contienda por la toma de posesión de las oficinas del consorcio del parque industrial y la documentación que allí se alojaba. Recodemos que el jefe comunal, por pedido del ministerio de Producción bonaerense, dictó una norma a través de la cual promovía la intervención y designaba a cargo del consorcio a Ricardo Daniel Tapia.

 

Sin embargo, la jueza de Garantías que entiende en la causa, doctora Susana Calcinelli, a partir de la propia denuncia que realizó el municipio -ya que el presidente “removido” del consorcio del parque, Raúl Oscar Carrete, se había atrincherado en las oficinas donde funcionaba el mismo-, decidió resolver que el ejecutivo bahiense no tiene la facultad de dictar allanamientos, sino que esa potestad precisamente se enmarca en las funciones y acciones del poder judicial.

 

A su vez, la funcionaria judicial explica que la denuncia realizada por Tapia no ha sido argumentada ni ratificada por medio del testimonio de las personas que habrían presenciado el momento en que Carrete se habría atrincherado, más allá de la imposibilidad real de allanamiento por parte del denunciante de la sede del consorcio que estipulaba el decreto 2537/18 del intendente Héctor Gay visto el argumento que antes había esgrimido la propia Calcinelli.

Por otro lado, “las medidas cautelares de desalojo y secuestro de documentación no son procedentes para la magistrada por no acreditarse la delegación de facultades de la provincia hacia la comuna”, explica la representante legal del consorcio, doctora Mariela Rinaldi. En este sentido, la municipalidad de Bahía Blanca no habría presentado fundamentos que aleguen su veracidad como autoridad competente para llevar a cabo las medidas que Gay decretó.

 

Desde este aspecto, no existiría desobediencia del allanamiento teniendo en cuenta que nunca existió una orden judicial que sustente la acción llevada adelante por Tapia que claramente se enmarca en una acción de este tipo y por la cual Carrete hizo su denuncia en una contraofensiva al decreto de Gay, que buscaba la intervención del parque industrial.

Finalmente, en su resolución la jueza decidió no hacer lugar a la denuncia formulada por Tapia, quedando sin efecto momentáneamente la intervención y con ella el allanamiento de la sede donde se sitúa el consorcio de administración del parque. En este sentidom, las actuaciones se devolverán a la UFIJ para que tome intervención con respecto a legitimidad del acto dictado por el municipio que fue denunciado por Carrete por abuso de autoridad. (www.REALPOLITIK.com.ar)


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