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31 de diciembre de 2019 | Judiciales

¿Acuerdo nulo?

La Justicia dio curso a una denuncia por irregularidades en la toma de deuda con el FMI

El juzgado Contencioso Administrativo Federal Nro. 9 a cargo de Pablo Cayssials ordenó dar curso a la demanda presentada por un grupo de abogados ante ciertas irregularidades administrativas llevadas a cabo en la toma del crédito que el organismo internacional concedió al estado argentino.

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El juez a quien llegó la demanda administrativa que se inició en el marco de la toma de la deuda externa por más de 50.000 millones de dólares, trasladó la demanda y ordenó notificar a la procuración del Tesoro de la Nación para que pueda ejercer la correspondiente defensa del ministerio de Hacienda y del Banco Central de la República Argentina (BCRA) en la causa que inició Eduardo Murúa -del Movimiento Nacional de Empresas Recuperadas (MNER)- con el acompañamiento de la Coordinadora de Abogados de Interés Público.

A diferencias de otras presentaciones realizadas en otras sedes contenciosas administrativas como penales, la causa no reza sobre la inconstitucionalidad del acuerdo firmado por el gobierno de Mauricio Macri y el Fondo Monetario Internacional. En este caso, el foco se pone en diferentes irregularidades en el proceso de toma de la deuda que el estado nacional no llevó a cabo o al menos no dio cuenta de las mismas y que demostraría que lo firmado es nulo.

De acuerdo con lo que surge de los informes que en su momento el ejecutivo brindó ante un pedido de los demandantes de acceso a la información pública, se puede observar una nulidad absoluta y manifiesta del acuerdo. Esto encuentra basamento jurídico en la violación a las normas legales y reglamentarias para solicitar el empréstito.

Entre estas cuestiones se destaca que no se realizó el procedimiento administrativo requerido ni se inició el expediente correspondiente para comenzar los trámites de toma de deuda. Asimismo, se carecía de los dictámenes jurídicos previos, completos y emitidos por el órgano pertinente para hacerlo. Tampoco se presentó el dictamen del BCRA que exige el artículo 61 de la ley 24156.

Como corolario, no se encontró en la investigación realizada por los abogados Francisco Verbic, Andrés Bernal y Augusto Martinelli memorandos que se apoyasen en informes, estudios técnicos o dictámenes que sostengan el acuerdo y la suma solicitada en el marco del mismo. Finalmente, tampoco hubo un decreto presidencial que autorice la firma de las cartas de intención por parte de los funcionarios que suscribieron las mismas.

Las preguntas que dispararon este reclamo y su preliminar investigación por parte de los letrados se basan en distintos puntos que se abren en el marco de la causa que la Justicia aceptó dar curso. Entre ellos se destacan: ¿Por qué 50.000 millones de dólares y ni un centavo más ni menos? ¿En qué tipo de estudios se basó la toma de deuda para saber la capacidad de pago que se iba a tener como país? ¿De qué manera se llevó a determinar esa decisión administrativa?,¿Había una decisión del presidente de volver al Fondo Monetario Internacional?. (www.REALPOLITIK.com.ar)


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