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28 de agosto de 2020 | Legislativas

Ante la vista de todos

Reforma judicial: El senador Esteban Bullrich cometió ultraje a los símbolos patrios

En la sesión del Senado de la Nación, el dirigente de Juntos por el Cambio dispuso incorrectamente las banderas según establecen las normas protocolares. La argentina debe ir a la derecha de la provincial y no invertidas como las colocó el senador, a quien le cabe el delito de ultraje a los símbolos patrios, tal y como señala el Código Penal. 

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Días atrás, el senador de Juntos por el Cambio fue protagonista de burlas por colocarse a sí mismo como fondo de pantalla para simular su ausencia en la comisión de Asuntos Constitucionales de la cámara alta. Ayer, en el debate por la reforma judicial, se lo vio –mediante videoconferencia- con la bandera bonaerense a la derecha de la nacional, lo que representa un profundo desconocimiento de las normas protocolares. 


Bullrich rompió los protocolos y ultrajó la bandera nacional.

La ley 14.438 dispone cuáles son las pautas a cumplir con los emblemas patrios y en su artículo 6 señala la ubicación de las banderas. En el inciso a, afirma: “El lugar de honor de la bandera de la Nación Argentina será el situado a la derecha del estrado, despacho o foco de atención”, mientras que en el b, agrega: “Cuando en un acto deban presentarse más de una bandera, deberán situarse a la izquierda de la nacional, correspondiendo ubicar en primer término a la bandera de la provincia de Buenos Aires”. Vale aclarar que se determina la derecha y la izquierda siempre desde la posición del orador. 

El decreto 3.991/97 también habla sobre el uso de la bandera oficial de la provincia de Buenos Aires. En su artículo 7, señala que la bandera bonaerense “permanecerá a la izquierda de la bandera nacional, visto desde atrás del abanderado o del mástil”. Evidentemente, su formación educativa en el exclusivo Saint Leonard’s College, de Vicente López, o en la Kellogg School of Management de la Universidad de Northwestern, donde realizó una maestría en Administración de Empresas, no fueron suficientes para comprender la disposición de los emblemas identitarios del país; ni tampoco su desempeño como ministro de Educación, tanto en la ciudad de Buenos Aires (2010-2015) como en la Nación (2015-2017). 


Todos los legisladores colocaron correctamente las banderas a excepción de Bullrich.

Con respecto a las sanciones que podrían caberle, el Código Penal en su artículo 222 habla del “ultraje a los símbolos patrios”. Entiéndase "ultrajar" como ofender o menospreciar a estos, siempre y cuando sean en actos públicos. De tal forma, la normativa vigente resuelve que “será reprimido con prisión de uno (1) a cuatro (4) años el que públicamente ultrajare la bandera, la escarapela, el escudo o el himno de la nación o los emblemas de una provincia argentina”. 

La posibilidad de que esta denuncia se sustancie no es descabellada. Como antecedente, cabe citar el caso de la modelo mediática Vicky Xipolitakis, quien fue denunciada por el defensor del Pueblo de Cerrillos (Salta), Carlos Paz, al posar totalmente desnuda con la bandera argentina entre sus genitales y divulgarlo en su cuenta de Twitter. No obstante, lejos de retractarse, la vedette se justificó: “La bandera la llevo en el cuerpo, en mi sangre y en todos lados, fue una humorada”. (www.REALPOLITIK.com.ar)


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