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21 de octubre de 2020 | Municipales

Entrevista REALPOLITIK.FM

En La Plata, el nuevo Código de Convivencia penará el acoso callejero

El Concejo Deliberante platense comenzó a darle tratamiento al Código de Convivencia Ciudadana, una iniciativa del intendente Julio Garro que surgió en 2018 y que busca modernizar y ordenar la vida en la capital de la provincia de Buenos Aires.

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por:
Facundo Quiroga

En diálogo con RADIO REALPOLITIK FM (www.realpolitik.fm), la secretaria de Convivencia y Control Ciudadano de la municipalidad de La Plata, Virginia Pérez Cattaneo, manifestó que es “una deuda que el intendente viene a saldar con los platenses desde hace muchos años”. Además, informó que tuvo “un gran apoyo de los vecinos” y aseguró que “es un código superador, moderno e innovador”.

Durante la entrevista, la funcionaria municipal aclaró que el flamante código “tiene sanciones y cuestiones que son punitivas”, y en ese sentido agregó que “hay un capítulo dedicado al medioambiente, otro a la utilización del espacio público y al cuidado; pero pone como sujeto central esto del concepto de ciudadanía responsable”.

LOS EJES PRINCIPALES

En consideraciones generales, la funcionaria se refirió a que este nuevo Código de Convivencia tiene como puntos fundamentales “el cuidado de la salubridad pública, la protección del espacio público y las cuestiones medioambientales”.  “Todas aquellas actividades que provoquen un daño medioambiental son consideradas faltas graves y tienen agravantes en las penas que en este caso se miden en multas, o puede ser algún otro tipo de medida cautelar”, sostuvo.

EL MODO DE APLICACIÓN

Cattáneo contó que existe “un apartado muy claro que hace mención al procedimiento en la Justicia Contravencional de Faltas”. Y en esa línea agregó que “para algunos casos graves, prevé la figura de prisión”, y también contempla “la figura de la reincidencia”, que implicaría que “el sujeto pierda todo tipo de beneficios que podrían otorgarle los jueces”.

Además, contó que la nueva reglamentación cuenta con la figura de “corresponsabilidad criminal”. “En el caso de que los menores sean quienes lleven a cabo algún tipo de contravención, también se tomará en cuenta la responsabilidad de los padres”, explicó.  

ACOSO CALLEJERO

Al ser consultada sobre el apartado que se centra en el acoso callejero, Pérez Cattaneo expresó que allí conviven “el ofrecimiento de servicios sexuales en la vía pública”, donde el código “es muy drástico”, y también el acoso callejero, que “tiene una perspectiva de género muy clara en donde la mujer va a poder denunciar si sintió agraviada en la vía pública”. (www.REALPOLITIK.com.ar)

 

(*) Escuchá RADIO REALPOLITIK FM en www.realpolitik.fm


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