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19 de enero de 2021 | Gremiales

Fuerte respaldo de UPCN

Actualización del anticipo jubilatorio: Se promulgó la ley

El proyecto fue presentado por la diputada provincial del Frente de Todos, Susana González, y contó el fuerte respaldo de UPCN BA. La ley fue publicada en el Boletín Oficial bajo el número 15.243.

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Con la sanción de la ley que promueve la aplicación del principio de movilidad para evitar la pérdida del poder adquisitivo durante el trámite previsional de los trabajadores municipales y estatales, un reiterado reclamo de UPCN BA ha tenido respuesta en la legislatura bonaerense.

“Esta modificación descongela el anticipo jubilatorio de los trabajadores que solo estaban cobrando el 60 por ciento de su haber hasta que obtuvieran la jubilación definitiva. En su origen el trámite duraba como máximo un año. Pero en la actualidad debido a la mayor cantidad de jubilaciones, retrasos en la tramitación desde los organismos empleadores que deben enviarlas al Instituto de Previsión Social (IPS) y la falta de sistemas acordes y tecnología, más la necesidad de mayor cantidad de personal en el Instituto, transformaron al anticipo en un verdadero castigo, extendiendo el plazo de finalización entre tres y cinco años”, señaló el secretario de Modernización de UPCN BA, Jorge Sarno.

El dirigente agregó que en todo ese tiempo “el anticipo jubilatorio permanecía congelado. Gracias a esta actualización, los futuros jubilados -conforme a los aumentos paritarios del sector al que pertenecían- podrán adecuar sus haberes y el cobro de un proporcional del aguinaldo. Además, percibirán la correspondiente movilidad y retroactivo”, expresó.

Por último, Sarno detalló que “los retroactivos no tienen plazo de prescripción porque si el IPS demora cuatro años en resolver el trámite jubilatorio, pagará cuatro años de retroactivo porque la carga del tiempo no es imputable para el jubilado”.

Vale aclarar que el anticipo jubilatorio lo perciben trabajadoras y trabajadores que están en el período del cese de actividades y la jubilación definitiva y se encuentra regulado por la ley 12.950, creada como un adelanto hasta tanto se resolviera el trámite jubilatorio, con un tiempo máximo de doce meses. (www.REALPOLITIK.com.ar)


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UPCN, Jorge Sarno

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