Municipales
Economía y consumo
Ley de Góndolas: Se definió cuáles serán los productos y comercios alcanzados
El gobierno dio un paso más en la aplicación de la nueva normativa y precisó detalles de cómo será su funcionamiento. Los comercios alcanzados serán aquellos que cuenten con más de 800 metros cuadrados de superficie de atención al público.
El gobierno nacional instaló la puesta en marcha de la Ley de Góndolas, que promueve un acceso una mayor diversidad y competencia de productos dentro de los supermercados, estableciendo ciertos límites a la participación de las marcas. Esto con el objetivo de brindar una mayor oferta y posibilitar un trato más equitativo con las PYMES, cooperativas y emprendimientos.
La resolución 110/2021 fue publicada en el Boletín Oficial y determina qué comercios son alcanzados, cuáles son los productos y cómo están compuestas las categorías.
Dentro del programa estarán todos aquellos locales que tengan como mínimo 800 metros cuadrados de superficie de atención al público, lo que incluiría a casi todos los supermercados. La medición es desde la línea de cajas, descontando depósitos y espacios exclusivos para personal.
Se verán afectados todos los productos alimenticios -excepto carnes, pescados y mariscos-, bebidas, artículos de cuidado personal, de higiene y de limpieza del hogar.
Aquellos productos que se comercialicen bajo el programa de Precios Cuidados quedan excluidos de estas normas, contando con criterios particulares de exhibición que serán elaborados por la secretaría de Comercio Interior, a cargo de Paula Español.
La Ley de Góndolas establece que los sectores alcanzados deberán brindar por lo menos cinco productos de distintos grupos económicos por categoría y la exhibición de artículos de un mismo grupo económico no puede superar el 30 por ciento de la superficie de la categoría. Al menos un 25 por ciento del espacio debe estar destinado a PYMES y como mínimo un 5 por ciento debe ser para empresas de agricultura familiar, campesina, indígena y de la economía popular.
Los comercios que no cumplan con estas reglas recibirán multas. Los mismos tienen un plazo de 90 días, a partir del 15 de diciembre pasado, fecha en que se reglamentó la ley, para adaptarse a estas nuevas normativas. (www.REALPOLITIK.com.ar)
¿Qué te parece esta nota?
MÁS NOTICIAS