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12 de marzo de 2021 | Nacionales

Para uso terapéutico

Cannabis medicinal: El gobierno reglamentó el registro de autocultivo

Los usuarios de cannabis deberán registrarse al Reprocann, por sí mismos o a través de un representante. Dicha inscripción autorizará a cultivar o acceder al cultivo a través de un tercero o una organización autorizada.

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El gobierno argentino reglamentó, a través de una resolución (800/2021) del ministerio de Salud, el funcionamiento del Sistema de Registro del Programa de Cannabis (Reprocann). A través de esta medida, tomada este viernes, los usuarios de cannabis medicinal podrán inscribirse por sí mismos, o a través de un representante, para tener autorización para cultivar o acceder al cultivo a través de un tercero u organización civil autorizada.

Además, se derogó la resolución ministerial 1537 (21 de septiembre de 2017), a través de la cual se dispuso una regulación más restrictiva la Ley de Uso Medicinal del Cannabis, que fue superada a partir de la nueva reglamentación que se sancionó en noviembre del 2020.

El Reprocann “registrará a los usuarios y usuarias que acceden a la planta de Cannabis y sus derivados, como tratamiento medicinal, terapéutico y/o paliativo del dolor, a través del cultivo controlado”. Esto les permitirá cultivar o acceder a un cultivo a través de terceros.

Para la inscripción, es requisito excluyente contar con indicación médica por parte de un profesional, que habilite el uso de cannabis y sus derivados. La autorización que a la que se accede tendrá una duración de un año.

“Los usuarios y usuarias que acceden a la planta de cannabis y sus derivados, los terceros cultivadores y los médicos tratantes deberán contar con usuario vigente en la plataforma: Argentina.gob.ar”, marca la resolución.

Además, se actualizaron los límites máximos. Se autoriza el cultivo de entre una y nueve plantas florecidas, en hasta seis metros cuadrados de interior -en el exterior no estará permitido-, y se podrán transportar entre uno y seis frascos de 30 mililitros o 40 gramos de flores secas. "La actualización de tales límites máximos estará a cargo del Programa Nacional para el Estudio y la Investigación del Uso Medicinal de la Planta de Cannabis, sus derivados y Tratamientos No Convencionales", explicita. (www.REALPOLITIK.com.ar)


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