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18 de abril de 2021 | Opinión

Lluvia de amparos

Garantizar la “presencialidad de las clases”

Una lluvia de medidas cautelares van a interponerse en nuestro fuero local por el DNU presidencial, en su artículo 2, al cual adhiere la provincia de Buenos Aires y que establece la prohibición de dar clases presenciales debido al aumento de los contagios.

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por:
Marcelo Peña

Gran parte de los padres, alumnos y docentes consideramos que la educación de nuestros hijos es esencial y una mera especulación política no puede coartar el libre ejercicio al derecho de su presencialidad por hallar picos de contagios so pretexto de desorganizaciones internas.

No puede impulsarse una temeraria campaña de imponer sanciones a las instituciones educativas que desee continuar la actividad, la Justicia local debe acompañar el pedido de suspender el DNU (más allá del estudio de la competencia). Sin perjuicio de proseguir con el fiel y estricto cumplimiento de los protocolos de aislamiento, no pueden desmotivadamente desde la provincia acatar el decreto sin siquiera tener un análisis de cada distrito (en nuestra caso, en el partido La Plata), al menos estudiando su repercusión, información, etcétera, y de modo intempestivo suspender la presencialidad sin siquiera considerar al menos ampliar y actualizar los protocolos.

Toda actualización del mismo puede repercutir incluso positivamente y no cerrar a los niños en sus casas con métodos tecnológicos que hasta el momento el estado ni siquiera ha proveído de material e infraestructura. Se trata de un decreto inoportuno y arbitrario que afecta normas de raigambre constitucional como la Convención sobre Derechos del Niño y el acceso a que se garantice su educación.

Resalto como abogado particular y padre amparista que se maquillan, de una u otra forma, intereses de otra índole y no justamente la protección a la salud pública. Y pese a que el decreto estima un plazo efímero en relación a lo que puede resolverse en la presentación, es el puntapié inicial de una clara actitud especulativa de prolongar el flagelo educativo. Por ello la medida cautelar es de carácter urgente y requerimos se garantice “la presencialidad de las clases”.


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