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8 de septiembre de 2023 | Nacionales

Producción

Massa eliminó las retenciones a las economías regionales

El Decreto publicado hoy en el Boletín Oficial modifica los derechos de exportación de 371 posiciones arancelarias vinculadas a citricultura, pesca y acuicultura, arroz, vitivinicultura, maní, tabaco y foresto industria.

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La secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación informa que se han modificado los derechos de exportación para distintos productos y subproductos de la citricultura, pesca y acuicultura, arroz, vitivinicultura, maní, tabaco, y la foresto industria, correspondientes a 371 posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur.

"Hemos decidido llevar a cero las retenciones de todas las economías regionales con valor agregado, es decir, con procesos de industrialización sobre la producción primaria de manera tal de mejorar la competitividad de todas las economías regionales argentinas", afirmó el ministro de Economía, Sergio Massa, durante el anuncio de la medida.

Además, el titular del Palacio de Hacienda destacó que "a partir del esfuerzo conjunto podemos ser más competitivos, acumular más reservas que es el camino para el desarrollo argentino. No es con recetas mágicas, no es con soluciones declamativas, sino haciendo más competitivas nuestra exportación, defendiendo el valor de nuestro empleo y acumulando reservas como la Argentina va a salir adelante y ese es el camino".

El secretario Juan José Bahillo destacó que “la iniciativa del ministro de Economía, Sergio Massa, permitirá impulsar la agregación de valor nacional y promover las exportaciones de estas cadenas productivas, mejorando el nivel de ingresos de las y los productores”, al explicar que “representa un alivio de más de 182 millones de dólares al año para las y los productores”.

De acuerdo al decreto 462/2023 publicado hoy en el Boletín Oficial, se contempla a 371 posiciones arancelarias, considerando una apertura a 8 dígitos de la Nomenclatura Común del Mercosur (NCM8), de las cuales el 94 por ciento se beneficia con la eliminación del tributo.

Las modificaciones que beneficiarán la actividad económica de las provincias de Entre Ríos, Corrientes, Misiones, Córdoba, Mendoza, San Juan, Tucumán, Salta, Jujuy, Buenos Aires, Santa Fe, Chaco, La Pampa y Catamarca, son las siguientes:

Arroz

•              Arroz con cáscara: de 5 por ciento y 6 por ciento a 3 por ciento y 4 por ciento

•              Arroz descascarillado, parbolizado y no parbolizado, arroz parbolizado semiblanqueado o blanqueado, pulido o glaseado y excluido pulido o glaseado, Arroz no parbolizado semiblanqueado o blanqueado, pulido o glaseado y excluido pulido o glaseado: de 3 por ciento y 5 por ciento a 0 por ciento.

•              Arroz partido: de 4,5 por ciento y 5 por ciento a 2 por ciento

 

Maní

•              Maní crudo con cáscara: de 7 por ciento a 4 por ciento

•              Maní tipo confitería, blancheado y partido de: 4,5 por ciento y 3 por ciento a 0 por ciento

•              Otros maníes crudos sin cáscara a granel y aceite bruto a granel: de 4,5 por ciento a 0 por ciento

•              Tortas y residuos de extracción de aceite: de 5 por ciento a 3 por ciento

 

Mosto

•              Jugo de uva (incluido mosto): de 4,5 por ciento a 0 por ciento

 

Vino y otros

•              Vino, sidra, bebidas fermentadas, alcohol etílico y vinagre: de 4,5 por ciento a 0 por ciento

 

Cáscara deshidratada de cítricos

•              Cáscara deshidratada de cítricos: de 12 por ciento a 0 por ciento.

 

Aceites esenciales

•              Aceites esenciales de limón, naranja, lima y mezclas de sustancias odoríficas utilizadas como materias básicas en las industrias alimentarias o de bebidas productos con valor agregado de las economías regionales: de 3 por ciento a 0 por ciento.

 

Forestoindustria

•              Tableros, madera contrachapada, postes, corcho, cajones, barriles, extractos, taninos, esencias, papel, cartón: de 3 por ciento a 0 por ciento

•              Pasta química y semiquímica de madera: de 4 por ciento a 0 por ciento

•              Flejes, madera aserrada, hojas para chapado y contrachapado, maderas perfiladas, colofonias y ácidos resínicos: de 4,5 por ciento a 0 por ciento 

•              Leña, rollizos, madera en bruto: de 5 por ciento a 3 por ciento

•              Madera en plaquitas o partículas, postes: de 5 por ciento a 0 por ciento

•              Aserrín, aglomerados, briquetas, carbón: de 5 por ciento a 0 por ciento

 

Tabaco

•              Tabaco sin desvenar y desperdicios de tabaco: de 12 por ciento a 5 por ciento

•              Tabaco desvenado, cigarros, cigarrillos, tabaco para pipa y para fumar, extractos y jugos: de 4,5 por ciento a 0 por ciento

 

Papa industrializada

•              Papas preparadas o conservadas sin vinagre o ácido acético, congeladas y no congeladas: de 4,5 por ciento a 0 por ciento.

•              Proteínas de papa en polvo: de 3 por ciento a 0 por ciento.

 

Pesca y acuicultura:

•              Pescado seco, incluso salado, sin ahumar y ahumado, excepto los despojos comestibles y salado, sin secar ni ahumar y en salmuera excluidos los despojos comestibles: de 7 por ciento a 0 por ciento. (www.REALPOLITIK.com.ar)


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Sergio Massa, Juan José Bahillo

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