
Municipales
Tras la decisión de la Corte Suprema de no expedirse sobre el fallo a prisión perpetua invocando el artículo 280, la defensa técnica interpuso un Recurso de Reposición In Extremis planteando inconstitucionalidad.
Tras la decisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación de no estudiar el fallo a prisión perpetua contra Nahir Mariana Galarza (19), la mujer más joven en recibir tal condena, y ampararse en su facultad de dictar el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial que le permite no tratar y fundamentar ciertas cuestiones, no tardó el llegar una dura crítica por parte de la defensa técnica jurídico mediática de la joven condenada.
Quien primero se pronunció es el manager de medios, y autor del libro "El Silencio de Nahir, Crónica de un Linchamiento Mediático", Jorge Zonzini que sostuvo "no me sorprendió su accionar. La Corte Suprema se orinó y demostró su estructura obsoleta y patriarcal perdiéndose la oportunidad de enseñarle a la sociedad y fundamentando cada ítem sobre si a Nahir la condenó una justicia machista, patriarcal, misógina y arbitraria o si, por otro lado, se trató de un caso record donde una mujer adolescente fue condenada en tan solo seis meses con claras intenciones de demostrar que la mujer también mata e instalar el primer machicidio de la argentina como contracara absurda de los femicidios o, si finalmente, tal condena fue producto de un accionar de brillantez jurídica. Es importante que la gente no sea engañada: la Corte no confirmó ningun fallo, sino que con un articulo medieval como el artículo 280 se lavó las manos, no se metió, y deja que otro decida".
Por otro lado, la defensa de Nahir Galarza, integrada por los doctores. José Ostolaza y Pablo Sotelo, interpusieron un Recurso de Reposición In Extremis con un planteo de inconstitucionalidad del artículo 280, mientras preparan la presentación ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, con sede en San José de Costa Rica.
Según trascendió se ha sumado como nuevo hecho el fallo de la justicia entrerriana que confirmó el uso de pericias apócrifas y por el cual la perito Gabiela Laiño le ganó 14.000.000 de pesos al estado entrerriano por haber sido obligada a peritar como "informática" los celulares de Galarza y Pastorizzo sin ser especialista. Laiño es bromatóloga y acusó a los fisales del caso, Sergio Rondoni Caffa y Lisandro Beheran, de obligarla a elaborar actas apócrifas contra la joven condenada.
Además de la denuncia ante la CIDH por los incumplimientos de los convenios firmados por Argentina en materia de Violencia de Género y Protección de la Mujer (Belem Do Para, 1994) este nuevo y reciente fallo sería la puerta para la anulación del juicio ya que si una pericia es apócrifa, como el flamante fallo firme contra Entre Ríos lo confirma, todas las demás pericias quedan viciadas de nulidad. (www.REALPOLITIK.com.ar)
ETIQUETAS DE ESTA NOTA
¿Qué te parece esta nota?
MÁS NOTICIAS