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El abogado constitucionalista, Félix Lonigro, analizó en RADIO REALPOLITIK FM (www.realpolitik.fm) la judicialización del impuesto a las Ganancias por parte de jueces y empleados judiciales. "O todos los magistrados pagan el tributo o ninguno", comentó.
Para iniciar, el profesor universitario analizó: "En primer lugar nos tenemos que preguntar si los jueces tienen que pagar impuesto a las Ganancias o no o si es válidamente constitucional que los jueces paguen ese impuesto, claramente ellos dicen que no, pero yo estoy convencido que no sería inconstitucional".
"Lo que no puede hacer el poder ejecutivo es bajarles el sueldo porque a los salarios los fija cada uno de los órganos del gobierno para sus propios integrantes, pero un impuesto no es una rebaja de un sueldo, es una carga impositiva, entonces los jueces de ninguna manera pueden alegar inconstitucionalidad en este sentido", explicó.
Asimismo, comparó: "Además, tienen un beneficio que los demás no tienen, si bien es cierto que solo pueden además de su cargo desempeñar la docencia, ellos después de los 65 años pueden seguir en el cargo, cualquiera de nosotros tiene que jubilarse". "La realidad entonces es que no es inconstitucional que los jueces paguen el impuesto a las Ganancias por lo menos para mí y Horacio Rosatti piensa igual", sostuvo.
El abogado constitucionalista destacó: "En la Argentina están pagando impuesto a las Ganancias los jueces que han ingresado después del año 2017, ahí es donde se plantea una desigualdad y me parece que la asociación de magistrados está apuntando a eso. Sí estoy de acuerdo con que no haya diferencias entre los jueces ingresados antes o después del 2017, o todos pagan ganancias o ninguno", consideró.
Por otro lado, reflexionó: "Tenemos ahora un juez propuesto para la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Ariel Lijo, y si hay alguien que no puede hablar mucho de independencia es él. No se le puede atribuir al poder judicial en general las debilidades de algunos que no están a la altura de las circunstancias". (www.REALPOLITIK.com.ar)
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