
Municipales
En un importante fallo para los municipios de la provincia de Buenos Aires, la jueza federal Martina Forns, del Juzgado Federal de San Martín, dictó una medida cautelar a favor de la municipalidad de Morón.
La medida suspende los efectos de las resoluciones emitidas por la secretaría de Industria y Comercio y el Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE), las cuales habían prohibido a las empresas eléctricas incluir en sus facturas el cobro de la tasa de alumbrado público.
El conflicto comenzó cuando, bajo las directrices del gobierno nacional y en particular del ministro de Economía, Luis Caputo, el ENRE emitió la Resolución 708/2024, que prohibía a las empresas como EDENOR y EDESUR continuar aplicando el convenio con los municipios que permitía cobrar la tasa por alumbrado público junto con las facturas de electricidad. Esta medida afectaba de manera directa las finanzas de los municipios, que dependen en gran medida de estos fondos para el mantenimiento y expansión del alumbrado público.
El municipio de Morón, representada por el abogado Agustín O. Mas, interpuso un amparo ante el juzgado Federal en San Martín, argumentando que la resolución del ENRE violaba la autonomía municipal consagrada por la constitución nacional y la constitución de la provincia de Buenos Aires. Asimismo, se destacó que la tasa de Alumbrado Público es una herramienta clave para los municipios, que utilizan los fondos recaudados no solo para el mantenimiento del alumbrado, sino también para la realización de inspecciones de redes eléctricas y de gas.
La jueza Forns, en su resolución del 24 de octubre de 2024, sostuvo que el convenio entre EDENOR y los municipios está amparado por la ley provincial 10.740, la cual establece que las empresas eléctricas deben percibir, a solicitud de los municipios, la tasa de alumbrado público. Además, resaltó que las facultades otorgadas a los municipios para establecer tasas y tributos no pueden ser interferidas por disposiciones de orden nacional, como las emitidas por el ENRE y la secretaría de Industria y Comercio.
Con esta medida cautelar, EDENOR deberá volver a incluir el cobro de la tasa de alumbrado público en las facturas hasta que se dicte una sentencia definitiva en la causa. Este fallo representa una victoria importante para los municipios, que habían advertido que la medida del gobierno nacional podría generar un grave problema económico y financiero, afectando la prestación de servicios esenciales.
El fallo también deja en claro que la autonomía de los municipios es un principio constitucional fundamental, y que cualquier normativa que interfiera en sus atribuciones debe ser considerada con extrema cautela. La municipalidad de Morón ha destacado que esta medida garantiza la continuidad de un servicio básico como el alumbrado público, que no solo impacta en la seguridad ciudadana, sino también en la calidad de vida de los habitantes del municipio.
Este fallo podría tener repercusiones en otros municipios de la provincia de Buenos Aires que se encuentran en una situación similar, abriendo la puerta a nuevas demandas y cautelares para restablecer el cobro de esta tasa. (www.REALPOLITIK.com.ar)
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