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Este fallo, emitido en 2023, declaró la inconstitucionalidad del cobro de un impuesto a los camiones que transportan productos alimenticios, lo que representa un importante revés para la administración local.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó un recurso extraordinario presentado por la Municipalidad de General Roca, en Río Negro, que impugnaba una sentencia del Superior Tribunal de Justicia (STJ) de la provincia. Este fallo, emitido en 2023, declaró la inconstitucionalidad del cobro de un impuesto a los camiones que transportan productos alimenticios, lo que representa un importante revés para la administración local.
El STJ había establecido que el Ejecutivo municipal carece de competencia para imponer dicho tributo, en el marco de la causa “Cedisur S.A. y otros con la Municipalidad de General Roca acción de inconstitucionalidad”. Los argumentos presentados por la justicia rionegrina subrayaron que los productos transportados ya eran sometidos a verificación por autoridades competentes según el Código Alimentario Argentino. Además, los proveedores contaban con permisos de tránsito federal otorgados por Senasa, así como certificaciones de buenas prácticas de manufactura por parte de IRAM.
En su análisis, el STJ enfatizó que el municipio puede dictar normas generales dentro de sus competencias, pero siempre respetando un marco jurídico superior que delimite esos límites. Así, la sentencia indicó que el control ejercido por la Municipalidad en el tránsito interjurisdiccional sobrepasaba la autoridad que le corresponde, que se limita al control en bocas de expendio, tal como lo establece la normativa federal.
Finalmente, el tribunal concluyó que la exigencia del pago del tributo como condición para el ingreso de bienes al territorio municipal constituía una “barrera aduanera interior” prohibida por la Constitución Nacional. Este tipo de restricciones, además de ser inconstitucionales, genera una “duplicación de los controles” que incrementa los costos para las empresas, afectando su operatividad y competitividad en el mercado. (www.REALPOLITIK.com.ar)
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