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La resolución judicial desestimó la demanda presentada por los empresarios, quienes buscaban anular dicha declaración, que los señalaba por su gestión en la pesquera "Perla del Este", cuya decisión de cierre dejó a unos 70 trabajadores sin empleo.
La Justicia de Viedma ratificó la declaración de "personas no gratas" impuesta por el Concejo Deliberante de San Antonio Oeste a los empresarios Carlos Alberto Matas y Roberto Oscar Foco. La resolución judicial desestimó la demanda presentada por los empresarios, quienes buscaban anular dicha declaración, que los señalaba por su gestión en la pesquera "Perla del Este", cuya decisión de cierre dejó a unos 70 trabajadores sin empleo.
El fallo judicial
El juez Julián H. Fernández Eguía, de la Unidad Jurisdiccional Contencioso Administrativa N° 13 de Viedma, concluyó que la declaración adoptada por el Concejo Deliberante no tenía efectos legales directos y no vulneraba derechos constitucionales. Se trató, según el magistrado, de una expresión legislativa legítima del cuerpo legislativo local sobre un tema de interés público.
Defensa de los empresarios
Matas y Foco argumentaron que la declaración afectaba su honor y reputación, además de considerar que el Concejo Deliberante había actuado fuera de sus competencias al no notificar formalmente la decisión ni permitirles un debido proceso. No obstante, el fallo reafirmó que el Concejo cumplió con los procedimientos establecidos en su reglamento interno, incluyendo la tramitación "sobre tablas" en sesión.
La postura del Concejo Deliberante
Por su parte, el Concejo Deliberante, a través de su primer Concejal Titular, Daniel López, defendió la medida como una actuación política destinada a visibilizar el impacto social negativo del cierre de la pesquera. El fallo ratificó la autonomía de los cuerpos legislativos municipales para emitir este tipo de declaraciones, sin que sean consideradas actos administrativos sujetos a control judicial.
Este fallo subraya la capacidad de los concejos deliberantes para expresar opiniones sobre cuestiones de relevancia social, en este caso, el impacto económico y laboral derivado del cierre de una empresa local. (www.REALPOLITIK.com.ar)
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