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11 de abril de 2025 | CABA

Elecciones

CABA: Quiénes son las candidatas que no podrían asumir su banca en caso de resultar electas

Dos candidatas a legisladoras porteñas no podrían asumir si resultan electas por no haber votado ni justificado su ausencia en elecciones anteriores, lo que las inhabilita para ocupar cargos públicos según el Código Electoral Nacional.

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por:
Santiago Sautel

Mientras los porteños se preparan para elegir nuevos legisladores el próximo 18 de mayo, dos de las candidatas que encabezan listas en la Ciudad de Buenos Aires arrastran una deuda con la democracia difícil de justificar: no votaron en las últimas elecciones presidenciales. Y lo que es más grave aún, no regularizaron su situación ante la Cámara Nacional Electoral (CNE) dentro del plazo estipulado por ley, lo que, en caso de resultar electas, las inhabilitaría para ejercer cargos públicos durante tres años.

Los nombres

Una de las candidatas en cuestión es Vanina Biasi, dirigente del Frente de Izquierda y de Trabajadores - Unidad (FIT-U), quien actualmente encabeza una de las listas a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Según consta en el Registro de Infractores de la Cámara Nacional Electoral (CNE), Biasi, quien durante las últimas horas fue embargada por la Justicia a raíz de sus dichos antisemitas, no votó en el balotaje presidencial del 19 de noviembre de 2023. Tampoco presentó justificación ni abonó la multa correspondiente, como lo exige el artículo 125 del Código Electoral Nacional.

Vale destacar que, a pesar de estar inhabilitada para ejercer cargos públicos, Biasi actualmente se desempeña como diputada nacional desde el 27 de junio de 2024, luego de la renuncia de Myriam Bregman.

La segunda candidata con serias complicaciones es Mila Zurbriggen Schaller, la joven activista libertaria que acusó a Javier Milei de designar a dedo a mujeres en cargos y espacios de poder a cambio de favores sexuales. La postulante de El Movimiento – Nueva Generación no sólo se ausentó en el balotaje de 2023, sino también en las generales de octubre, en las PASO de agosto y, según registros oficiales, en varias elecciones anteriores, incluyendo comicios de 2019 y 2021 en distintas jurisdicciones. Su falta de interés por participar en el proceso democrático ha sido constante.

El artículo 125 de la ley Electoral es claro: “El infractor incluido en el Registro de Infractores al deber de votar no podrá ser designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección”. Es decir, si una persona no vota, no justifica su ausencia y no paga la multa, queda inhabilitada para ejercer cargos públicos. Y ese el caso de las cabeza de listas del FIT – Unidad y Nueva Generación.

Casos llamativos

En contraste, hay dirigentes de renombre como Juan Manuel Abal Medina y Silvia Lospennato que no figuran como infractores en el registro, pero presentan otras irregularidades: históricamente han votado en la provincia de Buenos Aires pero se postulan en listas porteñas. En el caso de Lospennato, por ejemplo, en 2023 fue electa diputada nacional por la provincia en la lista de Juntos por el Cambio encabezada por Miguel Ángel Pichetto. No obstante, hoy vuelve a aparecer como figura activa en el armado político de CABA.

El escenario expone una vez más los límites del sistema electoral argentino, donde los partidos políticos presentan candidaturas sin verificar el cumplimiento de condiciones básicas de elegibilidad. La Justicia Electoral, por su parte, suele intervenir solo ante impugnaciones formales, pero en la práctica, estos casos suelen pasar desapercibidos.

¿Podrán asumir Biasi y Zurbriggen si resultan electas el 18 de mayo? Según la ley, no deberían. Pero en la Argentina, las reglas muchas veces se interpretan con flexibilidad según el color político. Será la Justicia quien tenga la última palabra. O el silencio, como tantas otras veces. (www.REALPOLITIK.com.ar)


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