El Honorable Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires resolvió parcialmente los recursos de revisión presentados por funcionarios de la municipalidad de General Lavalle en el marco de la rendición de cuentas del ejercicio 2022, dejando al descubierto una serie de irregularidades administrativas y de control que comprometen directamente a la conducción política del municipio.
Si bien el organismo aceptó documentación presentada de manera tardía en varios expedientes —lo que permitió dejar sin efecto algunos cargos originalmente formulados—, confirmó un cargo económico firme por más de 350 mil pesos, por el cual deberán responder en forma solidaria el exintendente José Humberto Rodríguez Ponte, la excontadora municipal Geraldine Nogueira y el exdirector de Producción Nicolás Joaquín González Busai.
La sanción confirmada corresponde al artículo sexto de la resolución 148/2024, ratificado por el fallo 760/2025 del Tribunal de Cuentas, y se origina en el pago de 351.453,71 por servicios de alambrado realizados en un inmueble cuya titularidad y vinculación con el municipio no fueron debidamente acreditadas.
Según el fallo, la municipalidad abonó trabajos en un predio que, de acuerdo con la documentación obrante en el expediente, no figuraba como propiedad municipal, ni se acompañó escritura, contrato de comodato ni respaldo administrativo que permitiera verificar el carácter oficial del gasto. Pese a los reiterados requerimientos del organismo de control, los funcionarios no aportaron la documentación necesaria, incumpliendo lo establecido por el reglamento de Contabilidad y la ley Orgánica de las Municipalidades
El Tribunal fue contundente: no se trató de una mera falencia formal, sino de la imposibilidad de comprobar la finalidad pública del egreso, lo que constituye una falta sustantiva en la administración de fondos públicos.
En su resolución, el Tribunal de Cuentas dejó expresamente establecido que la responsabilidad alcanza al intendente Rodríguez Ponte en su carácter de administrador general del municipio, con la obligación legal de hacer cumplir las normas y proteger el patrimonio municipal.
También señaló la responsabilidad de la contadora municipal, como órgano de control interno encargado de validar la imputación del gasto, y del director de Producción, quien firmó la solicitud del pago sin verificar adecuadamente la legitimidad del egreso.
El fallo subraya que la falta de documentación no puede ser subsanada con explicaciones posteriores sin respaldo administrativo, y que el control interno falló en una etapa clave del proceso.
El Tribunal sí dejó sin efecto otros cargos millonarios que habían sido formulados originalmente —por subsidios sociales, programas habitacionales y compras de materiales— luego de que los funcionarios presentaran informes, ordenanzas y documentación respaldatoria en instancia recursiva.
Sin embargo, el propio texto de la resolución deja en evidencia un patrón preocupante: gran parte de la documentación fue aportada fuera de término, recién cuando el proceso sancionatorio ya estaba en marcha. Esto expone debilidades estructurales en los mecanismos de control, archivo y rendición durante el ejercicio auditado.
Por el cargo confirmado, el Tribunal otorgó un plazo de 90 días para que los funcionarios responsables depositen el importe correspondiente en la cuenta fiscal del organismo. En caso de incumplimiento o de judicialización sin notificación formal, el fallo prevé la intervención del fiscal de Estado para promover las acciones legales pertinentes.
La resolución fue notificada al ministerio de Gobierno de la provincia de Buenos Aires que conduce Carlos Bianco -recientemente detenido manejando un vehículo oficial en estado de ebridad-, a la municipalidad de General Lavalle -hoy en manos del radical Nahuel Guardia- y publicada en el Boletín Oficial, cerrando así el proceso administrativo con una sanción económica firme y responsabilidades claramente delimitadas. (www.REALPOLITIK.com.ar)