Martes 17 de marzo de 2026

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Caso Antonella Arámbulo: Condena internacional a Paraguay por “mordaza” contra Nicolás Morás y su abogada

07/01/26 | REALPOLITIK trae nuevas revelaciones sobre el caso más polémico de Paraguay. Una red de lobby judicial actuó para silenciar al periodista argentino Nicolás Morás, víctima de hurto agravado. A los reclamos de especialistas ligados a la ONU y el Banco Mundial, se suma el premiado periodista Rubén Luengas. La imputada se burla de la prensa en sus redes sociales. 


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La causa penal por hurto agravado que tiene como víctima al conocido periodista argentino Nicolás Morás y como imputada a Camila Antonella Arámbulo Garibaldi dejó de ser un expediente ordinario para convertirse en un caso testigo sobre uso abusivo del sistema judicial paraguayo: denuncias instrumentales para obstruir la investigación penal y el derecho constitucional a la defensa de la víctima, jactancias de impunidad, y lo peor, una auténtica red de influencia judicial y policial que incentiva al delito, acosando a la víctima.

El expediente principal tramita como causa 2269/2025, “Antonella Arámbulo Garibaldi s/ Hurto agravado”, mientras que, en paralelo, se desplegó una secuencia de denuncias colaterales que, según abogados y observadores locales e internacionales, oscurecieron el proceso y vulneraron los derechos constitucionales del denunciante. 

Creciente alarma internacional

El caso Arámbulo escaló internacionalmente tras el pronunciamiento del analista geopolítico Omar Bula Escobar, director retirado de la Organización de las Naciones Unidas y una de las pocas voces latinoamericanas que escuchan con atención en la actual administración de Donald Trump

Bula definió el escandaloso favoritismo hacia Arámbulo como una “perversión judicial” tanto en el programa televisivo paraguayo La Información de Christian Vázquez como en este comunicado que remitió a REALPOLITIK:

Destacó a su vez la inédita gravedad de la mordaza judicial contra Morás y su abogada, Noelia Quintana Shaffer.

El 12 de agosto de 2025, el departamento de Estado de Estados Unidos publicó un lapidario Informe sobre Prácticas de Derechos Humanos 2024, advirtiendo que la situación de los derechos humanos en Paraguay “no mejoró significativamente” durante el año. El documento señala retrocesos en libertad de expresión, hostigamiento a la prensa, censura y uso de leyes penales para intimidar periodistas y críticos del poder, además de denuncias creíbles de tortura, detenciones arbitrarias y restricciones a la sociedad civil. 

Acto seguido, Paraguay quedó afuera del nuevo acuerdo comercial que Trump promovió para Latinoamérica: Sólo incluyó a Argentina, Ecuador, Guatemala y El Salvador. 

Más recientemente, el célebre periodista Rubén Luengas, doble ganador de los premios Emmy de la Academia Estadounidense de Televisión por su labor en Telemundo, realizó una poética condena de las irregularidades que atraviesan el caso. En un comunicado difundido en su canal y replicado en redes, Luengas advirtió que “cuando la Justicia se convierte en un instrumento para silenciar a la víctima y proteger a quien debería rendir cuentas, lo que está en juego ya no es un expediente, sino la dignidad de un país”.

El periodista sostuvo que el tratamiento judicial del caso Arámbulo - Morás proyecta una imagen internacional de corrupción estructural, censura y violación de garantías básicas, particularmente grave por involucrar a un periodista reconocido que -según recordó- “siempre habló bien de Paraguay, promovió su cultura y defendió su potencial ante el mundo” y alertó que “ninguna democracia puede sostenerse si castiga la palabra y premia el abuso de poder”, calificando el episodio como una señal de alarma para toda la región.

Antes de las intervenciones de Luengas y Bula, el diario La Opinión, principal periódico en español de Estados Unidos, publicó una explosiva columna de la doctora Guadalupe Correa Cabrera, experta en crimen organizado y seguridad fronteriza, titulada “Caso Arámbulo: el dilema de la corrupción judicial en Paraguay”.

La autora enfatiza que Antonella Arámbulo Garibaldi abandonó Paraguay con rumbo a Italia apenas 24 horas después de que la jueza penal de Lambaré, Ana María Esquivel, la declarara rebelde y dictara una orden de captura, una grave falla de control que el artículo considera imposible de explicar sin algún grado de complicidad institucional.

Señala además que la misma jueza levantó posteriormente la orden de captura apoyándose en un informe irregular de su actuaria, Evelyn de Brítez, quien alegó no haber podido notificar por la supuesta falta del expediente físico, pese a la digitalización del sistema judicial. Para La Opinión, esa explicación resulta endeble e incompatible con estándares básicos de diligencia.

Ante estos hechos, Morás denunció a la ujier Brítez por incumplimiento de los deberes del funcionario público y, en una coincidencia cuanto menos llamativa, la causa contra la actuaria terminó radicada en la oficina de la fiscal Amelia Hortensia Bernal Jara, recusada con fundamentos en la causa original por hurto.

Bernal Jara, titular de la Unidad Fiscal Nro. 4 de Lambaré, había quedado bajo cuestionamiento por una actuación que derivó en la pérdida de una videograbación clave, situación denunciada por la abogada Noelia Quintana Shaffer.

Pese a la fuga internacional, Esquivel concedió libertad ambulatoria a Arámbulo, en contra del pedido del ministerio Público -que había solicitado prisión domiciliaria- y de la querella, que reclamaba prisión preventiva. La Opinión describe esta resolución como difícil de justificar jurídicamente.

Resalta el hecho de que el pasado marzo la jueza Esquivel y la actuaria interviniente en la causa, Patricia Cáceres Zapata, fueron denunciadas por presunto pedido de sobornos a un imputado, Paolo Laguardia.

En conjunto, el medio sostuvo que la acumulación de irregularidades -fuga, levantamiento de la orden, pérdida de pruebas y beneficios procesales- sugiere la existencia de redes de influencia dentro del sistema judicial, afectando la credibilidad institucional de Paraguay y proyectando un costo político e internacional, incluso para la administración del presidente Santiago Peña.

Cabe recordar que REALPOLITIK publicó una fotografía del mandatario sonriendo junto a Antonella Arámbulo, militante del oficialista Partido Colorado. Desde la vocería presidencial calificaron la imagen como “casual” y destacaron los esfuerzos del ejecutivo por mejorar la imagen del país; sin embargo, la fotografía fue ampliamente cuestionada por el periodista paraguayo Bruno Masi y por diversos medios nacionales e internacionales.


Camila Antonella Arámbulo Garibaldi en un acto institucional.

Reunión privada, cauciones cuestionadas y Corte Suprema 

Un punto de máxima gravedad fue la confirmación de una reunión privada no declarada entre Arámbulo y el juez de la Cámara Penal de Apelaciones de San Lorenzo que ratificó el accionar de Esquivel: Dionisio Frutos Serrati.

El pasado mes de noviembre, el abogado argentino Nicolás Martínez Lage, realizó un informe exhaustivo sobre el tema en su canal de YouTube, Terapia Liberal.

Lage, al igual que La Opinión y el diario Última Hora, se hizo eco de una reunión ilegal entre el camarista Dionisio Frutos Serrati, de historial conflictivo en su relación con la prensa, la propia imputada Antonella Arámbulo y la esposa de un funcionario que habría trabajado en su juzgado.

REALPOLITIK pudo confirmar que dicha reunión tuvo lugar en la sede del Tribunal de Apelaciones de San Lorenzo, Sala Dos, aproximadamente 72 horas antes de que Serrati y otros dos camaristas confirmaran los beneficios procesales concedidos a la imputada, pese a la presentación de cauciones manifiestamente inválidas, entre ellas:

- Un certificado de cumplimiento tributario vencido sin garantía de autenticidad.

- El título de propiedad de un vehículo perteneciente a su abuela paterna, sin autorización escrita ni presencia física de la misma;

- Una caución juratoria sin depósito ni ninguna garantía material por parte de su madre, la pedagoga Emma Garibaldi Parodi, de nacionalidad uruguaya y propietaria del jardín de infantes Panda School.

De acuerdo con tres fuentes consultadas, la persona que acompañó a Arámbulo en esa reunión fue Silvia Noemí Aquino, esposa de su abogado defensor, Fermín Bogado. 

Tanto La Opinión como Última Hora señalan que Bogado agredió a un camarógrafo del canal Telefuturo en el pasado y trabaja envuelto en múltiples controversias por su accionar como funcionario, actualmente investigado por el JEM (Jurado de Enjuiciamiento a Magistrados). 


Fermín Antonio Bogado Domingúez, abogado defensor de Antonella Arámbulo. 

Posteriormente, los camaristas se negaron a brindar una aclaratoria solicitada por Noelia Quintana Shaffer, representante de Morás, puesto que no se pronunciaron sobre la invalidez de la caución presentada.

Ante la gravedad de los hechos, el recurso escaló a la Corte Suprema de Justicia, donde el ministro Luis María Benítez Riera actúa como juez preopinante.

Silenciamiento contra Morás y su defensa 

Uno de los ejes centrales del conflicto es la denuncia por violencia doméstica bajo la ley 1.600/00 (causa 1353/25) promovida por Arámbulo contra Morás, varios días después de haber sido denunciada por hurto agravado, sin que exista vínculo familiar, conyugal ni de convivencia entre las partes.

Según expresó la doctora Noelia Quintana Shaffer en entrevistas concedidas a las cadenas Unicanal y SNT, la aplicación de la ley 1.600 en este contexto fue manifiestamente improcedente e inconstitucional, y operó como una herramienta de obstrucción procesal destinada a condicionar el normal desarrollo de la causa penal.

Un extracto del programa La Sobremesa se viralizó en Instagram, superando las 200 mil reproducciones, lo que generó una reacción masiva de la opinión pública en defensa e los derechos constitucionales de Nicolás Morás, quién ironizó sobre la difícil situación que enfrenta: 

El primer magistrado interviniente en la causa 1353/25 fue Rogerth Chaparro, del juzgado de Paz de San Roque, quien fue recusado por una actuación considerada irregular. En dicho juzgado, una audiencia de sustanciación fue interrumpida cuando el periodista comenzaba a aportar pruebas, y nunca volvió a reanudarse.

Más recientemente, en diciembre, y en un hecho de extrema gravedad institucional, el propio juez Chaparro fue quien ejecutó el silenciamiento de la abogada defensora, a través de una nueva denuncia por la ley 1.600, con la que Arámbulo pretende impedir que la doctora Quintana Shaffer se refiera al caso por hurto, tanto en medios de comunicación como incluso en sus propias redes sociales.

En paralelo, Arámbulo reactivó sus cuentas de Instagram y TikTok, desde donde publicó un video menospreciando la labor periodística: 


Publicado en Instagram.com/@antoarambulo

En cuanto a la orden de restricción contra Morás —quien no se encuentra imputado en ninguna causa—, la jueza Elvira Margarita Franco, también recusada, mantuvo una actuación calificada como escandalosa e inconstitucional, de acuerdo con el consenso de expertos jurídicos.

Según publicó Última Hora, Franco fue multada en 2023 por la Corte Suprema de Justicia y acumula doce antecedentes disciplinarios por demorar su recusación, tras haber sido investigada en el marco de otro escándalo de corrupción judicial, conocido como la “mafia de los pagarés”.

En las próximas semanas, deberá resolver la continuidad o el levantamiento de la restricción contra el periodista la magistrada Gloria Machuca, a cargo del juzgado de Paz de Santísima Trinidad, Primer Turno.

Opinión técnica: uso abusivo de la ley 1.600 es anticonstitucional 

El doctor Edgar Joel Gómez Mendieta, especialista en derecho penal y análisis probatorio, sostuvo que en la causa por hurto agravado se verificó una utilización manifiestamente improcedente de la ley 1.600, empleada como estrategia procesal para impedir la intervención profesional de la abogada Noelia Quintana Shaffer en la audiencia preliminar prevista para el 27 de diciembre ante el juzgado Penal de Garantías Nro. 3 (luego suspendida por pedido del Ministerio Público), en el marco de la causa por Hurto. 


El abogado Edgar Gómez Mendieta. 

Gómez Mendieta señaló que la concesión de medidas en ese contexto constituye abuso del derecho y mala fe procesal, vulnerando el principio de legalidad, el derecho de defensa y el normal desarrollo del proceso penal.

Asimismo, consideró jurídicamente reprochable que Arámbulo haya sido asistida por la Defensa Pública a través del abogado Fermín Bogado, en presunta violación del artículo 60 de la ley 4423/11, dado que la imputada posee solvencia económica acreditada.

El 20 de octubre REALPOLITIK brindó la primicia del lujoso viaje de la imputada Roma, que presumió en Facebook pese a la orden de captura por entonces vigente. 

Causa por desacato: censura sistemática 

Tras volver de Europa, Arámbulo impulsó una denuncia por desacato contra Morás luego que, en su canal de YouTube, el periodista leyera y citara notas periodísticas sobre la orden de captura dictada en su contra y su salida irregular del país. Esa causa tramita como causa 10.048/25 en la Unidad Penal Nro. 1 de Asunción, a cargo del fiscal Silvio Rubén Alegre.

Según fuentes jurídicas y analistas, la imputación por desacato operó como una mordaza indirecta, aunque complica la situación de Arámbulo, quién podría sumar una pena de hasta cinco años de cárcel en caso de demostrarse la falsedad de sus denuncias, de acuerdo al artículo 289 del Código Penal Paraguayo. 

Independientemente de ello, de ser hallada culpable del hurto agravado podría enfrentar hasta diez años de prisión

Señalan a posibles colaboradores 


David Boción Samudio, abogado. 

Tres fuentes distintas de la esfera judicial reconstruyeron un constante esfuerzo de influir en los casos mencionados por parte del abogado David Boción Samudio, expareja y padre de una hija de Arámbulo, quién trabaja en el estudio juridico Turbaux, Fuchs & Zorraquin Abogados, con actividad permanente en los juzgados de Paz de Asunción, sacudidos aún por las repercusiones de la mafia de los Pagarés. Además, es vicepresidente de la inmobiliaria Monte Alpino.

Dato no menor: Arámbulo, Boción, la ujier Evelyn de Brítez, la fiscal Amelia Hortensia Bernal Jara y Fermín Bogado han coincidido ya sea como alumnos o profesores en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Asunción, atravesada por el activismo político y situaciones surrealistas como el tiroteo en el campus (…) durante la reciente elección de autoridades, que encontró a Arámbulo militando en el bando perdedor, Renovación Gremial.

Al menos cuatro imputados de la mafia de los Pagarés la acompañaron en su activismo universitario.

A su vez, Boción intentó acceder a la carpeta fiscal de la causa por hurto durante el mes de agosto, aunque le fue denegada por no figurar como abogado de ninguna de las partes.

Con treinta años de edad, la actual pareja de Arámbulo tendría contactos policiales, ya que hay comisarios en su familia materna, dato relevante en un expediente atravesado por denuncias de fuga y fallas de control migratorio. 

Para culminar el cuadro, es hijo de Roger François Michel Boción, acaudalado empresario ganadero e inmobiliario, de ciudadanía suiza, quien pasó varios años en prisión domiciliaria en Asunción y fue patrocinado por el estudio jurídico donde trabaja su hijo.

El padre de Boción fue requerido como testigo por el fiscal interino Juan Carlos Ruiz Díaz, de la Unidad Fiscal Nro. 5 de Lambaré, de acuerdo a un escrito del 26 de diciembre de 2025, que figura en el expediente judicial de la causa por hurto, de acceso público, aunque no especifica a razón de qué.

A su vez, Ruiz Díaz solicitó a la jueza Esquivel que prorrogue el plazo para culminar la investigación fiscal, señalando “numerosas e importantes diligencias pendientes de realización” -que dan cuenta de la pasividad de Bernal-, incluyendo pericias forenses de grabaciones donde presuntamente, según la prensa local, Arámbulo detallaría el modus operandi para vaciar la caja de seguridad de Morás y mencionaría a terceras personas.

La solicitud de prórroga propone como plazo máximo para el requerimiento conclusivo el 27 de febrero de 2026.

¿No es la primera vez?

Dos testigos adicionales identificadas como C.G. (39) y F.T. (31) aseguraron a REALPOLITIK haber presenciado un episodio anterior similar, donde desapareció una suma de dólares durante una reunión de amigas y se devolvieron 500 dólares tras advertirse a los presentes la existencia de cámaras.

Con denuncias instrumentales, mordaza judicial, recusaciones sucesivas, caución cuestionada, redes de influencia y una fuga internacional posterior a una orden de captura, el caso Arámbulo – Morás se convirtió en una prueba crítica para el estado de derecho en Paraguay.

Consultado por este medio, Nicolás Morás prefirió no dar declaraciones. Pero sin lugar a dudas, este caso seguirá dando que hablar.

Por último, se recuerda que la imputada goza del principio de presunción de inocencia, tal como lo establece la legislación vigente, hasta que recaiga sentencia firme en su contra. Toda la información aquí publicada en relación al caso se basa en documentos públicos del expediente judicial 2269/2025 de la República del Paraguay. (www.REALPOLITIK.com.ar)

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