Una contratación directa por más de 559 millones encendió alarmas dentro del propio Honorable Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires y dejó expuesto un posible esquema irregular en el Banco de la Provincia de Buenos Aires bajo la gestión de Juan Cuattromo.
El caso surge del expediente 2-159.0-2024, donde se analiza la rendición del banco. Allí, el vocal Ariel Héctor Pietronave dejó asentada una disidencia que apunta directamente a una operación específica: una adjudicación a Provincia Fideicomisos por 559.619.580,78 pesos, tramitada mediante contratación directa.
Lejos de tratarse de una observación menor, el planteo es concreto: esa contratación no debía realizarse sin licitación pública. Según sostiene el propio fallo, el procedimiento elegido no encuadra correctamente dentro de las excepciones legales que permiten evitar la competencia abierta.
El punto es sensible por partida doble. Por un lado, el monto: más de medio millar de millones de pesos asignados sin un proceso competitivo. Por el otro, el destinatario: Provincia Fideicomisos, la firma que dirige Nadia Giardina e integra el propio entramado del Grupo Provincia, lo que abre interrogantes sobre la utilización de estructuras internas para canalizar fondos sin controles estrictos.
En su planteo, Pietronave va más allá de una discusión técnica y cuestiona el criterio adoptado por la mayoría del Tribunal, que considera a estas entidades como sociedades de derecho privado. Aún bajo esa interpretación —señala—, la contratación no podía exceptuarse del régimen de licitación.
La irregularidad potencial no termina ahí. El vocal advierte además que durante el proceso no se habría cumplido con el traslado previsto en el artículo 27 de la ley Orgánica del Tribunal de Cuentas, un paso clave para garantizar el debido proceso y el derecho de defensa.
Esto introduce un elemento adicional: no solo se pone en duda la legalidad de la contratación, sino también la forma en que el propio organismo de control llevó adelante su revisión.
Pese a la contundencia de la observación, la mayoría del Tribunal decidió no avanzar con objeciones que impliquen sanciones ni reparos formales, dejando la contratación bajo una zona gris: señalada internamente, pero sin consecuencias concretas.
El episodio deja al descubierto un mecanismo que suele repetirse en la administración pública: operaciones de alto monto canalizadas mediante contrataciones directas, amparadas en interpretaciones flexibles del marco normativo y sostenidas por estructuras vinculadas al propio estado.
En este caso, con un agravante difícil de soslayar: la advertencia no proviene de una denuncia externa, sino del propio Tribunal de Cuentas. (www.REALPOLITIK.com.ar)