Martes 28 de abril de 2026

Nacionales

Todo un sistema en duda

En 2025 Javier Milei ganó con el 40 por ciento pero la CNE no registró su voto

27/04/26 | El registro oficial lo marca como infractor por no votar, pero hay pruebas públicas de que lo hizo. Crecen las dudas sobre el control electoral.


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En la Argentina, el voto no solo es un derecho, sino también un deber cívico cuya omisión conlleva sanciones previstas por ley. Sin embargo, un dato descubierto por REALPOLITIK expone una situación tan insólita como delicada: el presidente Javier Milei figura en el Registro de Infractores de la Cámara Nacional Electoral (CNE) como si no hubiera votado en la última elección nacional en la que logró una victoria aplastante.

El dato no sería relevante si no fuera por un detalle central: la votación del mandatario fue cubierta por múltiples medios de comunicación, con registros fotográficos y audiovisuales que lo muestran emitiendo su sufragio en una sede de la Universidad Tecnológica Nacional (UTN), en el barrio porteño de Almagro.

Cómo se registra el voto y dónde puede fallar

El procedimiento electoral argentino es claro. Cada ciudadano que vota firma el padrón en la mesa correspondiente y recibe una constancia —históricamente un sello en el documento, hoy reemplazado por un sticker— que acredita la emisión del voto.

A su vez, la autoridad de mesa conserva el registro firmado, que luego es remitido a la Justicia Nacional Electoral. Es sobre esa documentación que se construye el Registro de Infractores.

En ese contexto, la aparición de Milei como no votante solo puede explicarse, en principio, por un error material en el procesamiento de esos datos. No obstante, se trata de una falla de magnitud: no hablamos de un ciudadano más, sino del presidente de la Nación, cuya participación electoral fue pública y notoria.

La situación adquiere una dimensión aún más sensible si se considera el contexto electoral en el que se produjo. En esos comicios, Milei obtuvo una victoria de magnitud, con más del 40 por ciento de los votos a nivel nacional y un desempeño destacado en distritos clave como Córdoba, Mendoza, Santa Fe y Entre Ríos, además de revertir resultados adversos en la provincia de Buenos Aires.

Es decir, se trata de una elección que no solo fue ampliamente cubierta, sino que tuvo un alto impacto político e institucional, lo que vuelve aún más llamativa cualquier inconsistencia en los registros oficiales.

El sistema prevé multas para quienes no cumplen con la obligación de votar. De hecho, el propio portal de la CNE permite generar la boleta de pago correspondiente y advierte que la falta de regularización mantiene la condición de infractor.

En ese marco, el Código Electoral Nacional —modificado por la ley 26.744— establece un esquema preciso: por un lado, la CNE debe confeccionar el Registro de Infractores con aquellos ciudadanos de los que “no se tenga constancia de emisión del voto” (artículo 18). Por otro, el artículo 125 dispone que la sola constatación objetiva de la omisión no justificada es suficiente para aplicar la multa correspondiente. Es decir, no se trata de una valoración subjetiva: si el sistema registra que una persona no votó, la sanción debería activarse automáticamente.

En el caso de Milei, el sistema arroja la leyenda: “Boleta de pago vencida o no generada”, junto con la indicación de que debe emitirse una nueva para saldar la infracción. Además, se aclara que el plazo para justificar la omisión del voto ya se encuentra vencido.

Esto abre una serie de interrogantes inevitables. Si el registro indica que no votó: ¿Se inició el proceso de multa? ¿Se aplicaron las sanciones como establece la ley? 

El dilema entre el error y la credibilidad del sistema

La situación plantea un problema más profundo que el caso puntual. Si se trata de un error material, la falta de corrección oportuna pone en cuestión la confiabilidad del sistema.

En términos institucionales, el riesgo es evidente: cuanto menos, cualquier ciudadano podría alegar una situación similar para justificar su propia infracción. “A mí me pasó lo mismo que al presidente”, podría convertirse en un argumento recurrente si no hay una respuesta clara por parte de la Justicia Electoral.

En algunas jurisdicciones, como la provincia de Buenos Aires, incluso existen disposiciones que vinculan el cumplimiento del deber de votar con aspectos administrativos, como la percepción de salarios en el ámbito público. Sin embargo, estos controles no siempre se aplican de manera uniforme, lo que refuerza la brecha entre el “deber ser” normativo y la práctica efectiva.

Un caso que exige explicaciones

La imagen de Milei junto a la urna, difundida públicamente, contrasta con el registro oficial que lo ubica como infractor. La pregunta de fondo, entonces, sigue abierta: ¿Hubo un error en la carga de datos o una falla en el circuito administrativo?

En cualquiera de los dos casos, la situación exige una respuesta clara de la Cámara Nacional Electoral, hoy bajo la presidencia de Alberto Ricardo Dalla Via. Porque cuando el propio presidente aparece como infractor en el sistema, lo que está en juego ya no es solo una multa, sino la credibilidad de todo el esquema electoral. (www.REALPOLITIK.com.ar)

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