Jueves 7 de mayo de 2026

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Fallo inédito por abuso sin contacto físico: “Hubo un daño real y pruebas”

07/05/26 | Gabriel Roldán analizó el fallo por abuso sin contacto físico, destacó el daño real y las pruebas, y advirtió sobre los límites del derecho penal.


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Por:
Rodolfo Supeña

El abogado penalista Gabriel Roldán dialogó con RADIO REALPOLITIK FM (www.realpolitik.fm) sobre el fallo inédito de la Justicia de Morón que condenó a 20 años de prisión a un hombre por abuso sexual sin contacto físico, en un caso de grooming agravado contra una menor.

El especialista en derecho penal analizó el alcance de la sentencia y destacó su relevancia, aunque también planteó reparos técnicos sobre su fundamentación. "Yo creo que es un fallo muy interesante, obviamente que desde la opinión pública, todo lo que sea condenar una causa de abuso y con menores suena interesante y justiciero", señaló.

En ese sentido, Roldán remarcó que el caso presenta características particulares que justifican la decisión judicial. "Estamos hablando de una menor que fue durante 3 años vulnerada por una persona que estaba detenida, hubo un daño real", explicó, al tiempo que subrayó que no se trató de un hecho aislado sino de una conducta sostenida en el tiempo.

Asimismo, detalló que el fallo no se basó únicamente en el testimonio de la víctima. "Hay captura de pantalla, hay comparaciones, hay extractos bancarios, hay una pericia psicológica, hay un conjunto de pruebas que hacen que demuestran culpa", afirmó, destacando la solidez probatoria del expediente.

Sin embargo, el abogado advirtió sobre los riesgos de ampliar los límites del derecho penal. "El derecho penal tiene que tener una garantía de tener cuidado con qué amplía los hechos para no empezar a condenar ciertas situaciones", sostuvo, en relación al precedente que podría generar la sentencia.

En esa línea, planteó una crítica puntual al fallo. "La descripción del hecho no está bien claro cómo fue el acceso carnal. Entonces, eso yo critico después el concepto", indicó, remarcando la importancia de la precisión técnica en una condena de este tipo.

El daño como eje central

Más allá de los cuestionamientos formales, Roldán consideró que el elemento clave del caso es el perjuicio causado a la víctima. "Yo creo que hay un daño, entonces lo puedo unificar en el caso puntual con las pruebas que están acreditadas", explicó.

En ese sentido, profundizó: "Hubo una corrupción, hubo un desarrollo sexual inducido en una menor que le va a ocasionar un daño futuro para toda su vida", advirtiendo sobre las consecuencias a largo plazo de este tipo de delitos.

El letrado también reflexionó sobre el impacto de las nuevas tecnologías en el ámbito penal. "Hoy los medios cambiaron, entonces el acceso carnal que hoy puede hacer cuando hay un daño real, lo puedo tener como medio digital", sostuvo, reconociendo la complejidad de adaptar las figuras tradicionales a contextos digitales.

No obstante, insistió en la necesidad de equilibrio. "Soy muy cuidadoso y creo fervientemente que el principio de legalidad hay que cumplirlo", remarcó, al tiempo que alertó sobre posibles excesos del sistema judicial.

Finalmente, Roldán abordó la problemática del acceso a la tecnología en las cárceles. "Es un poco hipócrita porque la verdad que los penales en la situación que están no recuperan a nadie", opinó, en relación a las condiciones actuales del sistema.

Y concluyó: "Tiene que haber un equilibrio, porque también la cárcel es para reinsertarse", dejando planteado un debate que excede el caso puntual pero que cobra relevancia a partir de este tipo de situaciones.
(www.REALPOLITIK.com.ar)

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