Lunes 1 de junio de 2026

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Plaza de Armenia

E-Arg SRL: una firma nueva con ventaja en el negocio del estacionamiento subterráneo

01/06/26 | E-ARG SRL fue creada en 2024 con capital de 1 millón de pesos. Luego impulsó el proyecto que el GCBA declaró de interés público.


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Por:
Santiago Sautel

El proyecto para construir un estacionamiento subterráneo bajo plaza Inmigrantes de Armenia, en Palermo, quedó envuelto en una controversia política, vecinal y administrativa. La documentación oficial muestra que la iniciativa no nació como una licitación tradicional impulsada desde cero por el Estado porteño, sino como una iniciativa privada presentada por E-Arg SRL, una sociedad constituida apenas en 2024.

Según surge de la publicación societaria, E-Arg SRL fue constituida el 25 de junio de 2024 por Martín Kocourek y Hernán Mariano de la Colina (exempleado del ministerio de Turismo y Áreas Protegidas de Chubut, durante la gestión de Mariano Arcioni), con una participación del 50 por ciento cada uno. La firma nació con un capital social de 1 millón de pesos, un objeto amplio —que incluye negocios inmobiliarios, fideicomisos, software, hardware y sistemas de cobranzas— y sede social en avenida de Mayo 560, piso 8, departamento 57, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.


Constitución de E-ARG SRL.

Martín Kocourek y Hernán Mariano de la Colina (rostros reconstruidos digitalmente).

El dato cobra relevancia porque, poco más de un año después, el gobierno porteño avanzó sobre la iniciativa privada de esa misma firma para desarrollar un esquema de estacionamientos subterráneos disuasorios, entre ellos el proyectado bajo plaza Armenia, uno de los espacios verdes más emblemáticos de Palermo.

El decreto que abrió la puerta

El punto de partida formal fue el decreto 378/25, firmado el 1 de octubre de 2025 por Hernán Lombardi y Gabriel Sánchez Zinny. La norma encomendó al ministerio de Desarrollo Económico la evaluación de la iniciativa privada presentada por E-Arg SRL, denominada “Estacionamientos subterráneos disuasorios”.


Decreto 378/25 del GCBA.

El decreto no adjudicó la obra ni declaró por sí mismo el interés público de manera definitiva, pero sí habilitó el circuito administrativo para hacerlo. En particular, ordenó evaluar la iniciativa, determinar si correspondía declararla de interés público, reconocer eventualmente los derechos previstos en el artículo 88 de la ley 6.246 e incorporar nuevos espacios al régimen de la ley 3.058.


La resolución 262/MDECGC/25.

En ese tramo aparece un dato político central: el expediente quedó bajo la órbita del ministerio de Desarrollo Económico porteño, área que tuvo a su cargo el circuito administrativo de evaluación de la iniciativa. Allí se dictó la resolución 262/MDECGC/25, que creó la comisión evaluadora encargada de analizar la propuesta privada de E-Arg SRL, y luego la resolución 315/MDECGC/25, que declaró de interés público el proyecto, reconoció los derechos de preferencia previstos por la ley 6.246 e incorporó formalmente nuevos espacios al régimen de estacionamientos disuasorios. 


Resolución 315/MDECGC/25.

Plaza Armenia no estaba en la ley original

La ley 3.058, sancionada en 2009, creó el sistema de estacionamientos disuasorios en la Ciudad. Su anexo original incluía distintas ubicaciones, pero plaza Armenia no figuraba entre ellas.

Para incorporarla, el ejecutivo porteño utilizó el artículo 8 de esa ley, que permite incrementar hasta un 30 por ciento la cantidad de playas previstas cuando se detecten necesidades similares en otras zonas. Ese es uno de los puntos más sensibles del expediente: si el concepto de “estacionamiento disuasorio”, pensado originalmente para ordenar el ingreso vehicular y aliviar zonas de circulación, puede aplicarse a una plaza ubicada en pleno Palermo, en un área gastronómica, comercial y residencial.

La resolución 315/25 incorporó formalmente al régimen, entre otros espacios, a plaza Inmigrantes de Armenia. Desde entonces, el proyecto quedó dentro del esquema legal utilizado para avanzar con la licitación.

Una ventaja legal para E-ARG

El régimen de iniciativa privada previsto en el artículo 88 de la ley 6.246 le otorga al autor del proyecto ciertos derechos de preferencia. En este caso, el pliego reconoce expresamente que E-Arg SRL fue la autora de la iniciativa y que cuenta con esos derechos.

Esto implica que no compite en igualdad plena de condiciones con cualquier otro oferente: si las ofertas resultan de “equivalente conveniencia”, la normativa permite preferir al autor de la iniciativa. Y si la diferencia se ubica dentro de determinados márgenes, se abre una instancia para mejorar ofertas.

En términos políticos y administrativos, el punto es delicado: la firma que presentó el proyecto privado llegó al proceso licitatorio con una ventaja formal reconocida por el propio Estado.


Pliego de bases y condiciones.

La licitación y el canon millonario

La resolución conjunta 9/MJGGC/26 aprobó el llamado a licitación pública para la explotación de estacionamientos subterráneos de carácter disuasorio. Allí se fijó como fecha de presentación de ofertas el 6 de mayo de 2026 y se estableció un canon base mensual de 95.596.312 pesos.

El plazo de concesión previsto en el pliego es de hasta 20 años, de acuerdo con el marco normativo aplicable. La escala económica y temporal del proyecto contrasta con el perfil inicial de E-Arg SRL: una sociedad reciente, con capital social de 1 millón de pesos y sin antecedentes públicos conocidos como operadora especializada en estacionamientos subterráneos.

Ese contraste abre preguntas razonables sobre la capacidad patrimonial, técnica y operativa de la firma que impulsó el negocio.


Resolución conjunta 9/MJGGC/26.

El antecedente Kocourek

El nombre de Martín Kocourek suma otro elemento de interés público. Años atrás, su empresa Lamp Investments quedó vinculada a la concesión del Campus Urbano de Plaza Houssay, un proceso que también generó polémica por la juventud de la sociedad, su bajo capital inicial y sus presuntos vínculos con exfuncionarios del gobierno porteño.

En aquel caso, distintos cuestionamientos apuntaron a la estructura societaria de Lamp Investments, al momento de su constitución y al rol de Victoria Dowling, quien había pasado por la subsecretaría de Proyectos antes de incorporarse a la empresa. También se señaló la coincidencia del domicilio de la firma con oficinas vinculadas al entonces funcionario Álvaro García Resta.

Aunque se trata de expedientes distintos y no corresponde afirmar una continuidad automática entre ambos casos, el antecedente permite marcar un patrón de interés: empresas de reciente creación, estructuras societarias reducidas y proyectos urbanos de alto valor económico sobre espacios públicos porteños.


Actuación judicial 969181/2026.

Rechazo vecinal y discusión de fondo

El proyecto en plaza Armenia despertó un fuerte rechazo de vecinos y organizaciones del barrio. Bajo consignas como “Salvemos plaza Armenia”, cuestionan la posible afectación del espacio verde, el impacto sobre la feria artesanal, la falta de consulta previa suficiente y la utilización de una plaza barrial para un negocio de explotación privada a largo plazo.

El conflicto también llegó a la Justicia. En el expediente “Asociación Civil Observatorio del Derecho a la Ciudad y otros contra GCBA sobre amparo-ambiental”, el juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nro. 5 tuvo por iniciado el proceso colectivo, ordenó su difusión pública, corrió traslado al GCBA y requirió las actuaciones administrativas vinculadas al expediente EX-2025-11667255-GCABA-DGTALMDEC, a la licitación convocada por la resolución conjunta 9/26 y a la incorporación de plaza Inmigrantes de Armenia al sistema de estacionamientos subterráneos.

La discusión excede el expediente administrativo. El punto de fondo es si el gobierno de la Ciudad puede transformar un espacio verde de alto valor comunitario en la cubierta de una explotación subterránea concesionada, mediante una iniciativa privada presentada por una empresa creada poco tiempo antes y beneficiada por un régimen de preferencia.

La documentación disponible permite sostener una conclusión prudente pero contundente: E-Arg SRL no llegó a la licitación como una competidora más. Llegó como autora de la iniciativa, con interés público reconocido, con plaza Armenia incorporada al régimen legal y con derechos de preferencia expresamente contemplados en el proceso.

En ese marco, la pregunta ya no es únicamente quién ganará la licitación, sino cómo se construyó el camino administrativo que permitió convertir una plaza pública de Palermo en una oportunidad de negocios privada por dos décadas. (www.REALPOLITIK.com.ar)

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