Martes 7 de julio de 2026

Nacionales

Aseguradoras en crisis

Libra Seguros: déficit millonario, multa de la SSN y reclamos de asegurados

07/07/26 | La Superintendencia de Seguros multó a la empresa del influyente Gabriel Bussola, que viene denunciando fraudes en seguros del automotor desde hace tiempo. 


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Por:
Antonio D'Eramo

Libra Seguros es una de las compañías de mayor visibilidad del sector, con fuerte inversión en marketing y crecimiento en el segmento de seguros para vehículos. Sin embargo, atraviesa una situación obligada por la Superintendencia de Seguros de la Nación para recomponer su capital y sostener su operatoria y, además, el organismo a cargo de Guillermo Plate, viene de multarla por una suma significativa. 

La empresa, fundada y controlada en un 83 por ciento por Gabriel Bussola, que continúa denunciando la denominada “industria del juicio” en el sector, viene de recibir un duro revés cuando los inspectores de la SSN rechazaron el plan de regularización y saneamiento presentado tras una intimación oficial en marzo pasado. La principal preocupación del organismo radicaba en “las diferencias detectadas en la valuación de las reservas de siniestros pendientes en juicio” y se verificó “una situación deficitaria por 1.994.289.846 pesos”. 

Además, Libra Seguros recibió muchas críticas en páginas de consumidores como tuquejasuma.com donde se advierte que de los reclamos que se dejan registrados solo se resolvieron un 18% de los casos. 

 

La reciente sanción de la SSN que pone contra las cuerdas a Libra Seguros 

La Superintendencia de Seguros de la Nación aplicó una multa de más de 13 millones de pesos a Libra Compañía Argentina de Seguros SA por incumplir los plazos legales en el pago de indemnizaciones a sus asegurados.  

El origen de la investigación 

El expediente se inició a partir de una serie de denuncias recibidas por la coordinación de Comunicación y Atención al Asegurado del organismo regulador. Diez casos individuales fueron agrupados en un único expediente dado que todos compartían el mismo denominador: la aseguradora no habría abonado las sumas convenidas en concepto de indemnización de siniestros dentro de los plazos que establece la normativa vigente. 

Tras el análisis realizado por la subgerencia de Sumarios, se determinó que Libra Seguros presentaba un patrón de conducta reiterado que implicaba la violación de los artículos 49, 61 y 158 de la ley de Seguros Nro. 17.418, configurando lo que la ley Nro. 20.091 define como un ejercicio anormal de la actividad aseguradora. 

Los descargos de la empresa 

Notificada del proceso sumarial el 17 de abril pasado, la compañía presentó su descargo el 4 de mayo. En su defensa, Libra Seguros reconoció que todas las indemnizaciones fueron finalmente abonadas y atribuyó las demoras a circunstancias excepcionales: la existencia de embargos preventivos sobre sus cuentas bancarias, que habrían impactado directamente en su operatoria e impedido el cumplimiento en término de sus obligaciones. 

La firma sostuvo que no existió conducta dolosa ni intención de incumplir, y que adoptó medidas correctivas tanto estructurales como patrimoniales para superar la situación. Por ello, consideró que su accionar no debía encuadrarse como ejercicio anormal de la actividad aseguradora. 

La respuesta del regulador 

La SSN rechazó los argumentos de la aseguradora. En los considerandos de la resolución, el organismo señaló que el pago extemporáneo no puede justificarse con el argumento de que los fondos fueron eventualmente abonados, ya que ello no subsana el incumplimiento de los plazos legales. La ley establece que las indemnizaciones deben liquidarse dentro de los quince días de fijado el monto, y ese plazo no fue respetado. 

Otros reclamos de consumidores y productores 

Si bien no es la única empresa del rubro asegurador con muchas quejas de los productores de seguros -REALPOLITIK siguió los casos de compañías liquidadas como La Nueva, Orbis, Caledonia, Escudo o en problemas como Finisterre o Galeno Seguros-, Libra tiene quejas como las que se leen en el portal tuquejasuma.com pendientes de resolución desde hace tiempo. 

Desde problemas de comunicación, como los que señala Sangari M. —“Necesito comunicarme personalmente con ustedes porque me están cobrando tres veces un impuesto, uno la póliza de mi moto. Una vergüenza. Llamé a un montón de números, necesito hablar personalmente”—, hasta reclamos por falta de pago, como el de Gastol L.: “Libra no paga los acuerdos [números].[números]. Me chocó un asegurado de Libra el 16/11/25, me dieron el número de sumario [números].[números], me enviaron acuerdo de pago, lo acepté, se firmó y lo recibieron el 13/01/26. Pasaron los días y no pagaron ni responden mails”.

Se trata de un tema recurrente, a juzgar por el posteo de Luis R.: “Incumplimiento en el acuerdo de pago. El 22/04/25 me robaron mi moto. Después de reclamar legalmente, accedieron a pagar y se firmó acuerdo de pago, el cual venció en diciembre. A la fecha no dan explicación, no responden a mis múltiples reclamos y no han pagado nada. Solicito solución, por favor”.


Una de las tantas sedes de Libra Seguros.

Para los inspectores de la Superintendencia, Libra Seguros paga cuando es sancionada. En la reciente resolución publicada en el Boletín Oficial se lee que el descargo de la empresa por demoras vinculadas a inhibiciones de cuentas bancarias “son exclusivas de la empresa y no pueden trasladarse a los asegurados, quienes cumplen puntualmente con el pago de sus primas bajo pena de perder la cobertura. En un sistema donde las obligaciones son recíprocas, la aseguradora no puede pretender que el incumplimiento de su principal obligación sea pasado por alto”, indicó la resolución.

La SSN también destacó que los pagos se concretaron recién después de la intervención del organismo de control, lo que reforzó la gravedad de la conducta imputada. 

La sanción 

En virtud de lo expuesto, y considerando los antecedentes sancionatorios de la empresa, la Superintendencia resolvió aplicar una multa de 13.410.784,75 pesos —equivalente al mínimo legal previsto en el artículo 58, inciso c), de la ley Nro. 20.091—. La empresa cuenta con un plazo perentorio de cinco días hábiles para interponer recurso de apelación ante la subgerencia de Sumarios a través de la plataforma TAD. 

La resolución reitera la postura del organismo en materia de protección al asegurado: la SSN no solo supervisa la solvencia financiera de las compañías, sino también sus prácticas de conducta de mercado, incluyendo el trato justo y el pago oportuno de los siniestros. "La confianza de los asegurados en las entidades del mercado es esencial para su desarrollo sano", concluye el documento oficial. (www.REALPOLITIK.com.ar)

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