La Justicia laboral le dio un fuerte revés a la municipalidad de Colón, conducida por el intendente Waldemar Giordano, luego de ordenar la reinstalación inmediata de Nelson Gabriel Portales, delegado gremial de ATE Pergamino, quien había sido dejado cesante pese a contar con tutela sindical.
La resolución fue dictada por el Tribunal de Trabajo de Pergamino, en el marco de una acción de amparo sindical promovida por el abogado José Ignacio Maureso. La jueza Denise Scaglia hizo lugar a la medida cautelar solicitada y ordenó que Portales sea reincorporado a su puesto habitual de trabajo, además de disponer el pago íntegro de los salarios caídos desde la cesantía aplicada de manera unilateral el 28 de mayo de 2026.
Según surge del expediente, la acción de amparo fue presentada con fundamento en el artículo 47 de la ley 23.551 de Asociaciones Sindicales. El Tribunal corrió traslado a la municipalidad de Colón para que comparezca a contestar la demanda en el plazo perentorio e improrrogable de cinco días, bajo apercibimiento legal.
El punto central de la resolución es la tutela sindical de Portales. La magistrada tuvo por acreditado que el trabajador gozaba de garantías sindicales, a partir de la comunicación realizada por la Asociación de Trabajadores del Estado seccional Pergamino, notificada a la municipalidad de Colón el 19 de diciembre de 2024, con los resultados de las elecciones de delegados.
En ese marco, la jueza recordó que, conforme al artículo 52 de la ley 23.551, cualquier suspensión, despido o modificación de las condiciones laborales de un trabajador amparado por tutela sindical requiere previamente el trámite de exclusión de tutela. Sin ese paso, la cesantía no puede producir plenos efectos.
La resolución sostuvo que, “de manera prudente y sin abrir juicio sobre el fondo de la cuestión”, las circunstancias del caso permiten interpretar que no se habrían cumplido los recaudos legales imprescindibles para que la cesantía dispuesta por el municipio surta efecto.
Como consecuencia, el Tribunal ordenó la reinstalación de Portales en su puesto habitual de trabajo y el pago íntegro de los salarios devengados desde la fecha de la cesantía. La medida deberá cumplirse en el plazo de tres días desde su notificación, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el artículo 239 del Código Penal.
Además, la notificación a la municipalidad de Colón fue dispuesta con habilitación de días y horas inhábiles y con carácter urgente, lo que refuerza el peso institucional de la decisión judicial.
La medida abre un nuevo frente político y judicial para la gestión de Giordano, referenciada en La Cámpora, en medio de cuestionamientos por el tratamiento dado a un trabajador con tutela sindical. Para ATE Pergamino, en cambio, el fallo representa un respaldo clave frente a una cesantía que consideraban irregular desde el inicio. (www.REALPOLITIK.com.ar)