El Consorcio de Gestión del Puerto de Olivos quedó bajo la lupa por una serie de irregularidades que tienen como protagonista a Juan Cruz María Antonini, gerente General del organismo y, al menos durante el periodo auditado, su único empleado.
La observación más llamativa corresponde al ejercicio 2024. El organismo de control comprobó que el salario de Antonini recibió un aumento del 40 por ciento en abril y otro del 42 por ciento en agosto, ambos respecto del mes anterior. Aplicados sucesivamente, los incrementos representaron una suba acumulada de aproximadamente 98,8 por ciento en cuatro meses: prácticamente duplicó su remuneración.
El reglamento de funcionamiento establecía que la remuneración del gerente debía actualizarse según las mismas pautas utilizadas para incrementar los cánones y las tarifas portuarias. Sin embargo, la auditoría encontró diferencias evidentes entre ambas evoluciones.
Mientras Antonini -otrora vinculado a empresas como Abbey Sea, SA, Altius Argentina SA y Ground Cargo Transportation SRL- recibió aumentos del 40 por ciento en abril y del 42 por ciento en agosto, el cuadro tarifario registró subas del 42 por ciento en abril, 30 por ciento en junio, 23 por ciento en agosto, 19 por ciento en octubre y 16 por ciento en diciembre.
Las autoridades intentaron justificar la situación afirmando que el presupuesto aprobado para 2024 había establecido un régimen específico para el salario del gerente. El Tribunal de Cuentas, a cargo de la tarea de contralor, rechazó el argumento: sostuvo que una resolución presupuestaria anual no podía modificar una norma permanente del reglamento de funcionamiento.
La responsabilidad principal recayó sobre el presidente del Consorcio, Hernán Martín Lania, y los directores Roberto Abelardo Alvarez, Cyrano Francisco Lançon, Sebastián Emilio Alvarez, Enio Vittorini, Francesco Xavier Alejandro Giabbani, Eduardo Héctor Homps y Federico Corsetti. Antonini fue considerado responsable secundario por la implementación de las liquidaciones.
Todos fueron sancionados con multas de 300 mil pesos. En el caso del gerente General, la pena también alcanzó otra irregularidad vinculada con la obra de dragado del canal de acceso al puerto.
La obra había sido ejecutada por Forestal El Sol SRL, una firma radicada en San Fernando y vinculada públicamente con la familia Tartaglini. Los indicios disponibles la asocian especialmente con Luis Nilio Tartaglini y Florencia Yolanda Tartaglini, aunque la composición societaria actual y el porcentaje de participación de cada integrante no surgen de las fuentes abiertas consultadas. El financiamiento se instrumentó mediante un esquema mixto, con cheques y valores aportados por distintas entidades náuticas.
El organismo detectó que parte de esos pagos fue gestionada sin emitir las correspondientes órdenes de pago, sin recibos y sin constancias completas de respaldo. También verificó que no se practicaron retenciones impositivas obligatorias vinculadas con Ganancias y la Seguridad Social.
Antonini alegó que los valores habían sido aportados directamente por las entidades náuticas y que, por lo tanto, no constituían una erogación efectuada por el Consorcio. El organismo de control desestimó la explicación: consideró que el ente había administrado los recursos, registrado la operación y recibido la obra, por lo que debía documentar íntegramente el circuito.
Sobre la falta de retenciones, el gerente habló de un “error involuntario”. El Tribunal respondió que ese reconocimiento implicaba admitir el incumplimiento y que un certificado de inexistencia de deuda emitido por la contratista no reemplazaba las obligaciones documentales y tributarias.
Las irregularidades de 2024 no fueron un episodio aislado. En la rendición de 2022, el Tribunal comprobó que las operaciones no habían sido transcriptas en los libros Diario General, Inventario y Balance y Registro de Informes de Auditoría.
Antonini fue responsabilizado porque, como gerente General, tenía el deber de vigilar que la contabilidad y los libros del Consorcio se llevaran regularmente. La documentación mostró que el trámite para rubricarlos comenzó después de que las autoridades ya habían sido notificadas de la observación. Por ese hecho recibió un llamado de atención.
En 2023 apareció otra anomalía relacionada con su remuneración, aunque en esa oportunidad lo perjudicó económicamente. El Consorcio no aplicó correctamente los topes máximos de ANSES y le descontó aportes superiores a los permitidos.
El fallo señala expresamente que Antonini era el único empleado del Consorcio y calculó retenciones excesivas por alrededor de 850 mil pesos: 549.928,59 pesos en aportes jubilatorios y 149.980,53 pesos tanto para PAMI como para obra social.
El Tribunal calificó la situación como una “retención indebida” que afectó su derecho a cobrar la totalidad del salario. Sin embargo, lo responsabilizó igualmente porque era el encargado de la actividad administrativa, económica y financiera del organismo. Antonini volvió a atribuirlo a un “error involuntario” y recibió otro llamado de atención.
Así, en tres ejercicios consecutivos, el gerente General del Puerto de Olivos fue observado o sancionado por problemas relacionados con la contabilidad, la documentación de los pagos y la liquidación de su propia remuneración. La secuencia pasó de libros obligatorios sin transcribir en 2022, a descuentos indebidos en 2023 y, finalmente, aumentos salariales contrarios al reglamento y pagos sin respaldo suficiente durante 2024. (www.REALPOLITIK.com.ar)