Miércoles 12 de agosto de 2026

Opinión

Sáhara Occidental

Colombia congela sus relaciones con la RASD: giro geopolítico y contradicciones jurídicas

12/08/26 | Colombia dio un giro sobre el Sáhara Occidental: respaldó a Marruecos, congeló vínculos con la República Árabe Saharaui Democrática y abrió cuestionamientos.


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Por:
Héctor Bujari Santorum

El nuevo gobierno de Colombia anunció el pasado 8 de agosto el reconocimiento expreso de la soberanía de Marruecos sobre el Sáhara Occidental, apenas unas horas después de la investidura del presidente Abelardo de la Espriella. El anuncio se formalizó tras una reunión bilateral celebrada en Cali entre el vicepresidente colombiano José Manuel Restrepo, el canciller Omar Bula Escobar y el ministro de Asuntos Exteriores marroquí, Naser Bourita, enviado especial por instrucción del rey Mohamed VI para el acto de posesión.

Este movimiento representa un vuelco radical en la política exterior del país. Durante el mandato de Gustavo Petro, Colombia había sido uno de los principales apoyos internacionales de la República Árabe Saharaui Democrática (RASD). Con este giro, la causa saharaui pierde la que proyectaba ser su principal voz favorable dentro del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, donde Colombia ejerce actualmente como miembro no permanente.

Las promesas del acuerdo bilateral: TLC y conectividad atlántica

Detrás de este viraje diplomático subyace una marcada agenda económica y estratégica impulsada por el nuevo Ejecutivo colombiano y la diplomacia de Rabat. En sus intervenciones conjuntas, las autoridades destacaron la intención de abrir un nuevo comienzo que contemple la negociación de un Tratado de Libre Comercio con Marruecos y el fomento de inversiones marroquíes en territorio colombiano. A esto se suman sectores clave de colaboración como la seguridad alimentaria, el desarrollo portuario y logístico, la cooperación técnica y la conectividad atlántica, junto con la programación de una visita oficial a Marruecos en noviembre de 2026 para afianzar este alineamiento político y comercial.

De "retirar el reconocimiento" a "congelar relaciones"

Apenas tres días después de los anuncios iniciales, la Cancillería colombiana emitió un comunicado oficial modulando su postura, por lo que en lugar de revocar el reconocimiento de la RASD, notificó la congelación de las relaciones diplomáticas. Esta maniobra evidencia un choque normativo directo con el derecho internacional, dado que el artículo 6 de la Convención de Montevideo de 1933 establece explícitamente que el reconocimiento de un Estado es incondicional e irrevocable.

Asimismo, la decisión ignora e incumple abiertamente el artículo 9 de la constitución política de Colombia de 1991, el cual mandata estrictamente que las relaciones exteriores del Estado deben fundamentarse en el respeto a la autodeterminación de los pueblos y el reconocimiento de los principios del derecho internacional. Al supeditar la libre determinación saharaui a intereses bilaterales con Rabat, el Ejecutivo está pasando por alto este principio constitucional rector. Por ello, al percatarse de la imposibilidad jurídica de retirar un reconocimiento incondicional, el gobierno optó por la vía del congelamiento, suspendiendo contactos diplomáticos, misiones y apoyo en foros multilaterales.

La falsa premisa del respeto a la Carta de las Naciones Unidas

El comunicado oficial justifica la decisión afirmando de forma categórica que la medida "respeta, a cabalidad, el derecho internacional y la Carta de las Naciones Unidas". Sin embargo, esta premisa resulta manifiestamente falsa al contrastar el actuar de la Cancillería con cada uno de los cuatro apartados del artículo 1 de la propia Carta fundacional de la ONU.

En primer lugar, la decisión atropella el apartado 1, que obliga a mantener la paz y resolver las controversias internacionales de conformidad con los principios de la justicia y del derecho internacional. Al respaldar unilateralmente la soberanía de Marruecos sobre un territorio no autónomo pendiente de descolonización, Colombia no promueve un arreglo pacífico ni justo, sino que convalida la ocupación por la fuerza de una de las partes, amenazando la estabilidad regional e ignorando el marco multilateral de negociación.

En segundo lugar, se vulnera flagrantemente el apartado 2, relativo al fomento de relaciones de amistad basadas en el respeto al principio de la igualdad de derechos y la libre determinación de los pueblos. Al atribuir soberanía a Rabat sobre el Sáhara Occidental, la Cancillería despoja al pueblo saharaui de su derecho inalienable a decidir su propio futuro mediante un proceso de autodeterminación, principio que la propia Resolución 2797 reafirma y que Colombia pasa por alto.

En tercer lugar, la medida quiebra el apartado 3, centrado en la cooperación internacional para promover el respeto a los derechos humanos y las libertades fundamentales sin distinciones. El congelamiento de las relaciones diplomáticas y el retiro del apoyo multilateral a la RASD debilita la posición de la población saharaui y da la espalda a las graves denuncias sobre violaciones de derechos humanos en los territorios ocupados.

Por último, el Ejecutivo ignora el apartado 4, que asigna a las Naciones Unidas el rol de servir de centro que armonice los esfuerzos de los Estados hacia estos propósitos comunes. Colombia, en lugar de actuar como un actor neutral que fortalezca el consenso y el papel mediador de la ONU especialmente en su calidad de miembro no permanente del Consejo de Seguridad, dinamita los esfuerzos del multilateralismo a cambio de compromisos económicos bilaterales.

Inexactitudes respecto a la resolución 2797

El comunicado de la Cancillería justifica su postura en el respeto a la resolución 2797 (2025) del Consejo de Seguridad, pero la narrativa oficial incurre en graves inexactitudes.

Aunque la resolución 2797 menciona que la propuesta de autonomía de Rabat podría ser una vía viable, en ningún momento le otorga soberanía a Marruecos ni excluye otras alternativas, sino que anima a ellas, ratificando expresamente el derecho a la libre determinación del pueblo saharaui. Dicha resolución renuevan el mandato operacional de la MINURSO (Misión de Naciones Unidas para el referéndum en el Sahara Occidental) y llaman a negociar a las Partes, el Frente Polisario y Marruecos, pero en ningún momento transfieren soberanía a Marruecos ni anulan la condición de Territorio No Autónomo.

Con esta decisión, Colombia no solo vulnera su propio mandato constitucional y la tradición de respeto al multilateralismo, sino que asume una postura que subordina el derecho internacional a compromisos comerciales bilaterales.

Este columnista presentó el 11 de agosto de 2026 una solicitud formal de información ante la Cancillería colombiana, en la que se requería el fundamento jurídico detallado de la decisión. Al cierre de esta edición, el ministerio se ha limitado a acusar recibo y trasladar la consulta al área competente, sin respuesta de fondo. Este artículo será actualizado en cuanto se reciba el pronunciamiento oficial en el plazo legal establecido.

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