Lunes 24 de agosto de 2026

Municipales

Punta Indio

Insólito: organismo bonaerense multó a ediles opositores al kirchnerismo por no dar quórum

24/08/26 | El Tribunal de Cuentas confirmó sanciones de 280 mil pesos contra ediles que se retiraron durante el tratamiento de la rendición de cuentas.


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Una resolución del Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires dejó una situación tan llamativa como polémica en Punta Indio: cuatro concejales opositores deberán pagar multas de 280 mil pesos cada uno después de haberse retirado de una sesión del Concejo Deliberante y provocar, en los hechos, la caída del quórum durante el tratamiento de la rendición de cuentas del intendente David Angueira, de Unión por la Patria.

La decisión fue adoptada el 16 de julio de 2026, en el marco del expediente 4-221.0-2024, mediante el cual el Tribunal rechazó los recursos presentados por Gerardo Aníbal Landa, Ana María Szpitalnik, Melisa Yanina Franzoni y Alberto Luciano Caprile y mantuvo las multas impuestas previamente.

El episodio que originó las sanciones ocurrió el 28 de mayo de 2025. El Concejo Deliberante había sido convocado a una sesión especial para tratar las cuentas municipales correspondientes al ejercicio 2024. Después de un debate y de un cuarto intermedio, los concejales opositores Landa, Franzoni, Szpitalnik, Caprile y Lucas Foti abandonaron el recinto. Con su salida, el cuerpo quedó sin el número necesario de integrantes para continuar sesionando.

Dicho de otro modo: hicieron caer el quórum.

La maniobra difícilmente resulte desconocida para cualquiera que siga la actividad legislativa argentina. Retirarse de un recinto para impedir una votación constituye una de las herramientas políticas utilizadas con mayor frecuencia por oficialismos y oposiciones en concejos deliberantes, legislaturas provinciales y el propio Congreso de la Nación. Lo extraordinario en Punta Indio fue lo que ocurrió después: el Tribunal de Cuentas decidió convertir aquella decisión parlamentaria en una conducta susceptible de una multa personal.

 

El argumento del Tribunal

Los concejales plantearon precisamente esa cuestión en sus descargos. Sostuvieron que no existía una norma que estableciera una sanción económica por no otorgar quórum y defendieron lo ocurrido como una estrategia política utilizada habitualmente dentro de los cuerpos legislativos.

El propio fallo reconoce parte de ese argumento. Al reconstruir la defensa, señala que la falta de quórum puede constituir una “estrategia política aceptada y de uso común en los debates parlamentarios”. Sin embargo, el Tribunal consideró que esa posibilidad encuentra un límite cuando el mecanismo impide cumplir una obligación legal.

En este caso, entendió que el Concejo tenía el deber de tratar la rendición de cuentas dentro del plazo establecido y que la salida de los opositores frustró ese procedimiento. Para el organismo, no se trataba de una votación política ordinaria, sino de un “acto institucional esencial, con plazos perentorios”.

Con ese razonamiento, el Tribunal rechazó además uno de los cuestionamientos centrales de los ediles: que ninguna norma sanciona expresamente a un concejal por retirarse y provocar la pérdida del quórum. El organismo sostuvo que sus facultades para controlar las cuentas públicas permiten establecer responsabilidades cuando la conducta de los funcionarios interfiere con ese procedimiento, aún cuando no exista un perjuicio económico concreto para el municipio.


Municipalidad de Punta Indio.

La ley Orgánica del Tribunal de Cuentas efectivamente le reconoce al organismo capacidad para imponer llamados de atención, amonestaciones, cargos pecuniarios y multas en el ejercicio de sus atribuciones de control. Sin embargo, el salto entre esa potestad general y la sanción a una conducta desarrollada dentro del recinto es justamente el aspecto que vuelve singular al expediente.

El trasfondo político tampoco es menor. Angueira ganó la intendencia de Punta Indio en 2023 por Unión por la Patria, mientras que Franzoni, Caprile, Landa, Szpitalnik y Foti resultaron electos por el espacio conocido como Juntos. Es decir, el conflicto por el quórum enfrentó al oficialismo municipal con dirigentes provenientes de la oposición.

Paradójicamente, la rendición de cuentas terminó siendo aprobada posteriormente. Incluso los sancionados utilizaron ese dato para sostener que su salida de aquella sesión no había generado un perjuicio económico al Estado. El Tribunal descartó el argumento: para sus integrantes, la infracción se consumó cuando se impidió el tratamiento en tiempo y forma, independientemente de que las cuentas fueran aprobadas más tarde.

La resolución termina confirmando las multas de 280 mil pesos para Landa, Szpitalnik, Franzoni y Caprile. El fallo original también había alcanzado a Foti, quien aparece mencionado separadamente en la parte resolutiva del nuevo pronunciamiento. (www.REALPOLITIK.com.ar)

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