El clan Aloi vuelve a quedar en el centro de la escena. La Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó en lo principal una condena contra Quinto Sol SA, la empresa vinculada a Carlos Alberto Aloi y Ana María Contini que explotaba Valle Tierra. La Justicia reconoció que Gastón Mori, profesor de yoga del establecimiento, mantuvo una relación laboral sin registrar durante más de once años.
Mori daba clases en el local de Palermo. Tenía alumnos, horarios, una grilla organizada por la institución y una remuneración por su trabajo. Los abonos se cobraban en el establecimiento y la empresa administraba la actividad. Sin embargo, formalmente figuraba como prestador independiente.
La Cámara confirmó la existencia de una relación laboral entre el 1 de abril de 2010 y el 2 de diciembre de 2021. La sentencia de primera instancia había fijado un capital de 3.842.014,78 pesos, más actualización e intereses, por indemnizaciones, salarios adeudados y otros conceptos. Esa cifra corresponde al capital histórico establecido en el fallo original, no a una liquidación actualizada.
Quinto Sol sostuvo que Mori trabajaba de manera autónoma. La prueba reunida en el expediente llevó al tribunal a una conclusión distinta: los alumnos pagaban en la recepción, la institución organizaba las clases, proporcionaba el equipamiento y determinaba la contraprestación de los profesores.
La Cámara también examinó la intervención de la empresa en la confección de las facturas que Mori debía emitir. Según quedó establecido en la sentencia, era la propia Quinto Sol la que confeccionaba la factura del profesor. La documentación presentada para respaldar un vínculo comercial terminó siendo utilizada por el tribunal como prueba de una relación laboral encubierta.
El fallo calificó esa modalidad como una “factura fiscal por los servicios prestados en fraude a la ley laboral”. También sostuvo que la obligación de conseguir un reemplazante cuando Mori no podía asistir “no es un rasgo de autonomía, sino de precariedad”.

De acuerdo con el relato de Mori recogido en el expediente, durante la pandemia continuó dictando clases virtuales. En agosto de 2021, mientras se preparaba el regreso a la presencialidad, Sebastián Aloi le comunicó que no seguiría trabajando.
Mori reclamó entonces la registración de la relación laboral. Ante la negativa de la empresa, se consideró despedido el 2 de diciembre de ese año. Terminaba así un vínculo que, según estableció la Justicia, había comenzado más de once años antes.
En la documentación societaria aparecen Carlos Alberto Aloi, Ana María Contini y sus hijos. Según la información de la Inspección General de Justicia reproducida en el expediente, Contini presidió Quinto Sol hasta el 16 de mayo de 2011, cuando fue reemplazada por Carlos Alberto Aloi.
Sebastián Aloi aparece vinculado a la gestión del centro. Los testimonios lo ubicaron interviniendo en asuntos relacionados con el funcionamiento del establecimiento y la contratación de personal. Su situación judicial, sin embargo, fue distinta de la de la empresa.
Aunque la primera instancia lo había condenado como presidente de la sociedad, la Cámara revocó su responsabilidad patrimonial personal. El tribunal comprobó que Sebastián había sido director suplente hasta noviembre de 2009, antes del ingreso de Mori, y consideró que no se había acreditado la condición de dueño en la que se había basado el reclamo contra él. La condena contra Quinto Sol se mantuvo.

El expediente y la documentación societaria también conducen a Inversora Paperman SA. Uno de los datos es la proximidad de los domicilios registrados: Paperman figura en Costa Rica 4560 y Quinto Sol aparece asociada a Costa Rica 4562.
La documentación publicada en 2026 muestra, además, cambios en el directorio de Paperman. Un aviso del 7 de julio informó que Sebastián Alberto Aloi asumió como presidente y Emiliano Ángel Aloi como director suplente, tras las renuncias de Lisandro Carlos Aloi y Andrés Aloi. Los registros públicos también vinculan históricamente a distintos integrantes de la familia con esa sociedad.
Entre los antecedentes aportados para esta investigación figura el siniestro vial de 2014 que involucró a Emiliano Aloi y Mariano “Tutu” Álvarez, seguido por reclamos relacionados con aquel episodio.

También consta actividad empresarial de Emiliano Aloi en Estados Unidos. La documentación presentada ante la SEC, mencionada en los antecedentes, lo identifica como presidente de Exactus y registra vínculos con Ceed2Med, compañías relacionadas con el sector del cáñamo y sus derivados.
Otro capítulo se sitúa en Costa Rica. María Roxana Saracco presentó una querella por presunta estafa contra Lisandro Carlos Aloi, Rodrigo Luis Rossetto y Juan Pablo Issel. Según la denuncia, Emiliano Aloi mantenía una deuda con Saracco y habría propuesto cancelarla mediante aportes a proyectos inmobiliarios.
La documentación aportada menciona 693.400 dólares para Air Tesoro y 760 mil para Air Homes Dos, cifras que suman 1.453.400 dólares. La propia querella, en cambio, consignó una deuda de 1.453.000 dólares.
El 9 de abril de 2026, el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Nro. 49 ordenó un allanamiento al estudio SANO-ARA para reunir documentación sobre esas operaciones. La medida forma parte de una investigación y, por sí sola, no establece responsabilidad penal.

En las últimas horas se sumó otro episodio. Un medio de comunicación de Uruguay contactó a un integrante de la familia Aloi para hacer consultas periodísticas sobre estos antecedentes. Según trascendió, durante ese intercambio el familiar manifestó haberse sentido “amenazado”.
La expresión describe lo que dijo el interlocutor sobre el contacto recibido. No implica que se haya comprobado judicialmente una amenaza.
El episodio se agrega a una historia que reúne un expediente laboral, movimientos societarios, una querella, proyectos inmobiliarios y documentación empresarial de distintos países. Entre esos elementos, el caso de Gastón Mori ya cuenta con una definición judicial: la Cámara confirmó en lo principal la condena contra Quinto Sol y reconoció que el profesor trabajó para la empresa bajo una relación laboral, pese a que figuraba como independiente. (www.REALPOLITIK.com.ar)