Andrés Nápoli, director ejecutivo de la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), conversó con RADIO REALPOLITIK FM (www.realpolitik.fm) sobre el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que rechazó un amparo contra la derogación de la ley de Tierras incluida en el DNU 70/23. El referente ambientalista calificó la decisión como un "error grave" y advirtió sobre el impacto institucional de validar modificaciones legislativas a través de decretos de necesidad y urgencia.
"Es un fallo como nosotros lo caracterizamos: fuera de tiempo y fuera de lugar. La Corte dice que quienes interpusieron la acción, el Centro de Excombatientes de La Plata (CECIM), no estaban legitimados porque considera que la soberanía no es un derecho colectivo. Lo que logra, en definitiva, es poner en vigencia de vuelta el DNU en lo que hace a la ley de Tierras", explicó Nápoli.
El titular de la FARN cuestionó que el máximo tribunal interviniera para restituir la derogación por decreto cuando el propio Congreso de la Nación Argentina ya había rechazado tratar la modificación de dicha normativa. "Lo que el Congreso y la Justicia habían dicho es que la ley de Tierras sigue vigente, pero la Corte, por medio de este fallo, dice que no. Lo que no dice la Corte es que el problema grave es que un decreto modificó una ley; sobre eso ni siquiera se pronuncia", remarcó.
Asimismo, Nápoli advirtió sobre los riesgos prácticos de la postura judicial respecto a la imposibilidad de accionar en abstracto antes de que se produzca un daño concreto. "Lo que te está diciendo la Corte es que no podés plantear la inconstitucionalidad hasta que no haya una venta de tierras que viole la ley. Si alguien viene y compra la mitad de una provincia patagónica, no se podría pedir la nulidad porque compró bajo ley vigente", alertó.
El especialista sostuvo que la insistencia en flexibilizar el régimen dominial responde a proyectos específicos en zonas sensibles del territorio nacional. "La modificación de la ley lamentablemente tiene nombre y apellido. Posiblemente tenga que ver con explotaciones mineras o de uranio que están en zonas de frontera, o con los data centers que necesitan instalarse en zonas frías de la Patagonia, donde la ley impide la venta a extranjeros", señaló.
Finalmente, Nápoli reveló que el tribunal debió abocarse de inmediato al tratamiento de un recurso presentado por la organización ambiental Árbol de Pie, la legisladora Magdalena Odarda y comunidades indígenas para intentar corregir el cuestionado criterio. "Es un evidente error de la Corte, a tal punto que tuvieron que salir a explicar su fallo en un comunicado. Ahora nombraron conjueces y el caso ya está en trámite, por lo que es probable que saquen otro fallo en dirección contraria", concluyó. (www.REALPOLITIK.com.ar)