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Por Luciano Barroso
Un juez comercial ordenó la liquidación de la tradicional aseguradora Prof que pertenece a la familia Pereyra, propietaria de los bingos del Grupo Midas, aportante de la campaña de La Libertad Avanza y futura dueña de la compañía Providencia de Cristóbal López.
“El Grupo Profru, de la familia Pereyra, que perteneció a Carlos Rosales de Garbarino, volvió a renacer, como Lázaro”, explicó un inspector y auditor de balances, porque la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN), organismo de control de la actividad, a cargo de Guillermo Plate, resolvió conceder el recurso de apelación presentado por la dirección de Productores de Frutas Argentinas Cooperativa de Seguros Limitada contra la Resolución 443/2026, que había revocado su autorización para operar y dispuesto su liquidación forzosa.
Sin embargo, sostiene importantes restricciones para la actividad cotidiana de la compañía. La nueva resolución, firmada por el superintendente Guillermo Plate, otorga efecto suspensivo únicamente al artículo 1 de la medida anterior. Esto significa que la revocación de la autorización queda temporalmente suspendida y la entidad podrá continuar operando mientras se resuelve el fondo del recurso.
Ahora bien, los artículos 3 y 4 mantienen efecto devolutivo, por lo que siguen vigentes las prohibiciones de celebrar acuerdos de “cut-off” con reaseguradores y de realizar actos de administración sobre sus inmuebles.
Días atrás, el juzgado Comercial Nro. 30 había ordenado la liquidación judicial de Productores de Frutas Argentinas Cooperativa de Seguros Limitada. El fallo del juez Sebastián I. Sánchez Cannavo se produjo tras pedidos de quiebra promovidos por acreedores vinculados a una condena laboral previa, y se apoya en la verificación de un cuadro de “cesación de pagos”.
La causa inició cuando Oscar Matías Carrasco y Vanina Natacha Yaschelt solicitaron la quiebra de la aseguradora alegando falta de pago de sumas condenadas en el expediente laboral “Carrasco… c/ Productores de Frutas Argentinas… s/ Accidente de Trabajo”, tramitado ante el juzgado del Trabajo Nro. 2 de Avellaneda. También indicaron que los honorarios profesionales regulados en ese proceso permanecían impagos.
La aseguradora, por su parte, solicitó el “rechazo” sosteniendo que la ley 20.091 prevé un régimen especial para aseguradoras, y que el artículo 51 impide el concurso preventivo y la quiebra. Asimismo, cuestionó la supuesta “abusividad” del pedido y afirmó que no se había agotado la vía de ejecución individual, ofreciendo incluso la apertura de una cuenta bancaria para depositar los fondos reclamados.
El juzgado desestimó esos planteos. En el fallo se consideró que, si bien las aseguradoras no son “concursables” en sentido estricto, el régimen legal contempla que, si se reúnen los requisitos de procedencia y “no se inició la liquidación forzosa”, corresponde la disolución y liquidación por la autoridad de control.

Para fundar la cesación de pagos, el tribunal ponderó antecedentes múltiples: citó que, al momento de una resolución previa de diciembre de 2025, ya se habían individualizado “61 pedidos de quiebra”, cifra que luego creció hasta alcanzar “146 reclamos, según registros judiciales”. También se destacó que, tras examinarse la situación en agosto de 2026, continuaron presentándose nuevos reclamos con un patrón similar, lo que —según el criterio judicial— descarta una contingencia transitoria.
En consecuencia, se dispuso el “decreto de liquidación forzosa” y se ordenó oficiar a la Superintendencia de Seguros de la Nación para informar delegados liquidadores, integración del directorio y la eventual utilización de la facultad rescisoria prevista por la ley 20.091.
La reciente decisión de la SSN le permite volver a celebrar contratos, aunque en el sector de los productores de seguros la novedad fue tomada con cautela. “Es todo bastante irregular. Entiendo que la SSN defienda sus incumbencias y proteste por la decisión judicial pero la verdad que el Grupo Prof desde Carlos Rosales para acá y antes también, viene a los tumbos por lo que no se si habrá muchos colegas con ganas de trabajar para Profru. Al menos hasta que se defina la cuestión en la Cámara de alzada”, explicaron a REALPOLITIK en un chat de productores de seguros.
“La novedad representa una victoria parcial para el Grupo Prof, ya que evita la inmediata suspensión de operaciones, pero no modifica las restricciones patrimoniales ni detiene el proceso de liquidación iniciado. El caso ahora queda en manos del tribunal comercial, que deberá definir si confirma o revoca la medida original de la autoridad de control”, explicaron en los pasillos de la SSN.

Este organismo se presentó ante el juzgado que decretó la quiebra con los miembros de la comisión liquidadora y en un informe se mencionó que:
- La sanción de la quiebra se realizó sobre un solo caso, desviándose de la norma general que establece que la quiebra no es una herramienta de cobro individual sino un mecanismo de satisfacción colectiva.
- No reconoce la existencia de cesación de pagos (requisitos indispensable para que se declare la quiebra de una sociedad).
- Acusa del desplazamiento de la SSN para determinar la liquidación forzosa, que es el ente idóneo para determinar si se encuentran reunidos los requisitos para la declaración de una liquidación de una aseguradora.
- Para el caso en particular, se ofreció el depósito y, notificada a la parte, nunca lo aceptó ni se le intimó al pago (se habría abierto la cuenta judicial en los autos).
- Entiende que la información que proporciona el sistema LEX-100 no es fiable, puesto que de los pedidos de quiebras mencionados no se puede hacer un racconto sobre los casos desestimados, paralizados, activos, etcétera. Asimismo, indica que el número de pedidos de quiebra no es una prueba de la cesación de pagos sino una pretensión.
- Menciona que tienen patrimonio neto positivo y superávit de capitales mínimos, según el último balance presentado ante la SSN, correspondiente al segundo trimestre de 2026 y al cuarto trimestre del ejercicio 2025-2026.
La familia Pereyra, del Grupo Midas, aportantes de la campaña de La Libertad Avanza, logró un aval notorio de la SSN para la supervivencia de la compañía de seguros que además posee una rama de ART. Mientras negocia para entrar en Providencia de Cristóbal López, libra una batalla judicial con el acompañamiento de los funcionarios de la gestión de Guillermo Plate decidida a cuidar sus incumbencias en el mercado asegurador. (www.REALPOLITIK.com.ar)