Domingo 8 de noviembre de 2026

Política

Investigación documental

El mapa de relaciones de Vacunar: contratos, sociedades y funcionarios bajo la lupa

08/11/26 | Los expedientes exponen negocios vinculados a Mariano Díaz y observaciones en los trámites sanitarios de Vacunar.


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Mariano Esteban Díaz aparece varias veces en los papeles de Vacunar SA: en registros de otras empresas, en contratos y en presentaciones ante organismos de salud. Eso permite seguir operaciones concretas y preguntar cómo fueron controladas.

Para entender la historia hay que separar tres momentos. Primero, los negocios entre Vacunar y sociedades vinculadas con Díaz. Segundo, los controles que recibió la droguería durante una reforma de su local en 2022. Tercero, la reinscripción sanitaria de 2025. El vínculo con IOSFA y las trayectorias de funcionarios aparecen al final, como contexto, porque corresponden a fechas y responsabilidades distintas.

 

Gidiro: de las acciones de 2019 a un contrato de 2022

En agosto de 2019, un registro societario de Gidiro Logística SA consignó 26.668 acciones a nombre de Díaz sobre un total de 40 mil. Eso representaba alrededor del 66,7 por ciento del capital en aquella fecha. No conocemos, por ese registro solamente, si conservó el mismo porcentaje en 2022.


Registro de acciones de Gidiro, agosto de 2019. RE-2022-45896653-APN-DTD#JGM, p. 21. Se ocultaron únicamente los DNI.

El 29 de abril de 2022, Vacunar contrató a Gidiro para distribuir medicamentos y otros productos. El contrato fue agregado al expediente sanitario el 9 de mayo de 2022. Lo que tenemos probado es la relación contractual y aquella participación accionaria histórica de Díaz.


Contrato de distribución Vacunar–Gidiro, firmado el 29/04/2022. RE-2022-45896653-APN-DTD#JGM, p. 1.

Nonstopp: una misma persona vinculada a la locadora y a la locataria

Antes, el 18 de junio de 2021, Vacunar había firmado un alquiler del inmueble utilizado como droguería. La locadora aparece como "Nostopp SA" en el contrato y está representada por Díaz. Por Vacunar firmó su presidenta, Romina Fernanda Gigliotti. El alquiler era de 36 meses: comenzaba el 1 de julio de 2021, terminaba el 30 de junio de 2024 y costaba una suma mensual en pesos equivalente a 5 mil dólares.


Primer alquiler, firmado el 18/06/2021: nombres de las partes, plazo y precio. RE-2022-07877053-APN-DVPS#ANMAT, p. 1.

El 9 de abril de 2025 las sociedades firmaron otro alquiler, esta vez por cinco años, hasta el 8 de abril de 2030. Díaz volvió a representar a la locadora y María Vanesa Fandiño firmó por Vacunar como apoderada. Se repitió el valor de referencia de 5 mil dólares mensuales. La grafía de la locadora aparece como “Nostopp” en los contratos y como “Nonstopp” en otras constancias. Es una diferencia documental que debe cotejarse con su inscripción, no una prueba de que haya dos empresas distintas.


Segundo alquiler, firmado el 09/04/2025: partes, duración y precio. INLEG-2025-65121123-APN-DNHFYSF#MS, p. 1.

¿Por qué interesa el papel de Díaz? Los avisos del Boletín Oficial registran designaciones suyas como vicepresidente de Vacunar en 2018, 2021 y 2023, y como presidente de Nonstopp desde una asamblea de 2019, con renovaciones posteriores, incluida la del 4 de abril de 2025. Las fechas de asamblea no siempre son las fechas de publicación. Por ejemplo, esa última renovación se publicó el 24 de junio de 2025, después de la firma del alquiler.

El punto a investigar no es que Díaz haya firmado personalmente por las dos partes: no fue así. En si, al existir funciones en ambas sociedades, se informó un eventual interés contrapuesto, quién aprobó los contratos y cómo se justificó el precio.

Hay otro tramo que no debe presentarse como irregularidad: el contrato de 2021 vencía el 30 de junio de 2024 y el siguiente empezó el 9 de abril de 2025. Una locación puede continuar tras el vencimiento en determinadas condiciones. Falta saber si ocurrió eso, si hubo prórroga y cómo se registraron los pagos, pero no corresponde hablar de ocupación ilegal.

Qué pasó con la habilitación de Vacunar durante 2022

Aquí empieza otra historia: no se trata de los alquileres, sino de una reforma interna del establecimiento y de los permisos para funcionar. Intervinieron tres niveles de control: la Ciudad de Buenos Aires (CABA), el ministerio de Salud de la Nación Argentina y ANMAT. Cada uno revisaba aspectos distintos. Por eso una constancia local no reemplazaba automáticamente la aprobación sanitaria nacional.

Marzo y abril: dos inspecciones y una observación de CABA

El 31 de marzo de 2022, el ministerio realizó una inspección de la reforma, asentada en el acta 22.904. Luego, el 26 de abril, inspectores de ANMAT visitaron el establecimiento y formularon observaciones sobre planos, procedimientos y controles técnicos. No son la misma inspección: se hicieron en fechas distintas y bajo competencias distintas.

El 29 de abril de 2022, una intervención jurídica del ministerio advirtió que el trámite de la Ciudad figuraba como “observado” y pidió aclaraciones. El 3 de mayo, otra funcionaria del mismo ministerio señaló que debajo de esa palabra también aparecía una constancia de “liberado al uso”, aparentemente vinculada a agosto de 2021, y consideró que estaba vigente. La fecha fue escrita de manera defectuosa en la providencia.


Ministerio de Salud, 29/04/2022: solicita aclarar por qué el trámite de CABA figuraba observado. PV-2022-42029461-APN-DNHFYSF#MS.

Ministerio de Salud, 03/05/2022: menciona la constancia “liberado al uso”. PV-2022-43472228-APN-DNHFYSF#MS. La fecha en el original tiene errores de escritura.

El 20 de mayo, el área jurídica volvió a señalar que todavía había que explicar el estado del trámite. Por lo tanto, no es correcto presentar la observación de abril como una prohibición definitiva ni la anotación de mayo como aprobación plena. Los propios funcionarios estaban intentando precisar qué había autorizado CABA y qué seguía pendiente.

Mayo a octubre: respuestas, nueva revisión y aprobación

Vacunar presentó una respuesta el 20 de mayo de 2022. Sin embargo, el 26 de julio una providencia del ministerio devolvió el expediente porque decía no haber recibido respuesta a las notificaciones. Esa diferencia merece ser aclarada: puede tratarse de una presentación que no quedó correctamente vinculada, o de una respuesta que no atendió el pedido concreto. El documento por sí solo no permite elegir una explicación.


Providencia del 26/07/2022, con fecha y motivo completos. PV-2022-76879159-APN-DNHFYSF#MS.

El 29 de julio la empresa acompañó nueva documentación. El 4 de agosto, el área jurídica del ministerio recomendó aprobar la reforma, porque entendió que la actividad ya estaba habilitada por la Ciudad y que no se ampliaba la superficie: se redistribuían espacios internos. El 5 de agosto, el ministerio dictó la disposición 565, con efectos desde el 31 de marzo de 2022.


Informe del 04/08/2022: recomienda aprobar la reforma al considerar que no aumentaba la superficie ni se agregaba una actividad distinta. IF-2022-80472128-APN-DNHFYSF#MS.

ANMAT siguió su propio procedimiento. Tras distintas observaciones y correcciones, emitió un informe favorable el 30 de septiembre y aprobó la nueva estructura el 26 de octubre de 2022 mediante la disposición 8370. La pregunta documental no es si existieron controles —sí existieron—, sino cómo se vincularon los planos y las correcciones de cada etapa hasta llegar a la autorización final.

Los otros errores técnicos de 2022, sin confundirlos con una falla de vacunas

En un estudio de una cámara refrigerada, el período declarado de medición fue del 29 de abril al 2 de mayo de 2022. Sin embargo, una planilla interna repitió el 4 de abril como fecha de resultados. El mismo reporte llamó “Vacunar SRL” a una empresa que figura en el expediente como Vacunar SA. En la copia revisada, además, los campos de firma y fecha del dictamen no estaban completos.


Reporte de mapeo térmico: columna con fecha 04/04/2022 frente a un ensayo declarado para fines de abril y mayo. RE-2022-45891499, p. 10.

Copia del dictamen: casilleros de firma y fecha sin completar. RE-2022-45891499-APN-DTD#JGM, p. 13.

Esto no demuestra que un medicamento haya perdido efectividad. Tampoco debe confundirse un sensor externo a la cámara con una excursión térmica de productos almacenados. ANMAT pidió, por separado, verificar posteriormente un simulacro de transporte. En el cierre examinado no aparece identificado de modo expreso el resultado de ese control futuro. La falta de esa referencia en los papeles consultados no demuestra que nunca se hubiera realizado.

Hay incluso un error posterior de referencia: un certificado de 2023 escribió “DI-2023-8370” cuando el acto de autorización que corresponde comparar era “DI-2022-8370”. Esa diferencia no vuelve inexistente la autorización, pero muestra la necesidad de revisar los datos de los documentos.


Certificado de 2023 con una referencia que difiere del año de la disposición 8370/2022.
 

Qué pasó en la reinscripción de 2025

En 2025 Vacunar tramitó una reinscripción ante el ministerio de Salud. En una declaración jurada incorporada en junio, la empresa marcó “Sí” a una pregunta sobre comercialización de psicotrópicos o estupefacientes mediante documentación oficial. El formulario indicaba que, si la respuesta era afirmativa, debía adjuntarse un listado de especialidades. En las piezas examinadas no se logró identificar ese listado.


Declaración jurada presentada en junio de 2025: respuesta afirmativa y exigencia de listado. RE-2025-62163973-APN-DTD#JGM, p. 1.

El 4 de noviembre de 2025 hubo una inspección presencial, asentada en el acta 34.380. Se consignó que no existían unidades de aquellas sustancias en el depósito en ese momento; el informe técnico posterior también mencionó esa falta de existencias. “Stock cero” describe una situación del día de la visita. No informa, por sí solo, las compras, ventas o entregas de meses anteriores.


Informe técnico de diciembre de 2025: la referencia a falta de existencias corresponde a la inspección de noviembre. IF-2025-133641639-APN-DNHFYSF#MS, p. 2.

En los documentos consultados públicamente tampoco se individualiza una revisión histórica completa de libros, vales, remitos y facturas para esas sustancias. Puede existir en otro expediente o registro; no corresponde afirmar que jamás se hizo.

En diciembre se emitieron informes favorables a la reinscripción. Pero al copiar los datos del alquiler de 2025 surgió una diferencia sencilla: el contrato termina el 8 de abril de 2030; el informe técnico puso 30 de abril de 2030 y el informe jurídico citó el 8 de abril. Esto muestra que una fecha contractual básica fue transcripta de dos maneras.


Informe técnico de 02/12/2025: registra vencimiento 30/04/2030. IF-2025-133641639-APN-DNHFYSF#MS, p. 2.

Informe jurídico de 04/12/2025: cita vencimiento 08/04/2030. IF-2025-134558527-APN-DNHFYSF#MS, p. 1.

Qué papel tuvieron los funcionarios mencionados

El mapa de actores reúne autoridades de años diferentes. Para leerlo correctamente hay que ver qué firmó cada persona, y no dar por hecho que todos participaron de una misma decisión.

En 2022, Claudia Viviana Madies dirigía el área ministerial de Habilitación y Fiscalización y firmó un acto sobre la dirección técnica de Vacunar. Ese documento consignó enero de 2021 como inicio de la nueva directora técnica; un acto posterior de ANMAT usó enero de 2022. Es una diferencia que debe conciliarse. Valeria Teresa Garay, desde la subadministración de ANMAT, firmó en junio de 2022 un acto sobre esa dirección técnica y en octubre la autorización de la nueva estructura. Manuel Rodolfo Limeres encabezaba ANMAT en esa etapa, pero conducir el organismo no es lo mismo que haber firmado personalmente cada inspección o informe.

Carla Vizzotti era ministra de Salud en 2022. Su biografía oficial también la mencionó como integrante del comité científico de fundación Vacunar, una entidad que no debe confundirse automáticamente con la sociedad comercial Vacunar SA. Ese antecedente ayuda a explicar su presencia en el mapa.

En 2025, Thelma Patricia Trotta ejercía funciones de conducción en el área ministerial que inspeccionó y tramitó la reinscripción. Eso permite ubicar la responsabilidad institucional por el procedimiento, pero no demuestra que ella redactara cada informe ni que hubiera favorecido a la empresa. 

ISALUD: vínculos académicos que no son prueba de favoritismo

Vizzotti, Limeres y Madies tuvieron actividades de estudio, docencia o conducción académica vinculadas con ISALUD. La universidad fue fundada por Ginés González García. Es relevante mencionar estas trayectorias porque ayudan a entender relaciones previas entre especialistas del sistema sanitario. Pero compartir una institución educativa no constituye, por sí mismo, una incompatibilidad. La pregunta útil es si existían intereses concretos que debieran declararse en una decisión determinada.

IOSFA y Pragmático: otro período y otra pregunta

Esta parte de la investigación no describe la habilitación sanitaria de 2022. Los avisos societarios muestran que Díaz tuvo antecedentes en Pragmático SA desde años anteriores y que Gonzalo Secchi también integró un directorio de esa empresa. Hay avisos posteriores que no describen del mismo modo el cargo de Díaz; para entender el cambio es necesario consultar las actas intermedias.

Secchi fue designado para la administración de IOSFA con efecto desde el 24 de septiembre de 2026. Por otra parte, Vacunar aparece en registros históricos de proveedores y fue invitada a una licitación de 2019 en la que, según las actuaciones examinadas, no presentó oferta.

No se identificó en el material revisado una compra, pago o decisión de Secchi a favor de Vacunar durante su gestión. El cruce es relevante para buscar contratos y posibles intereses, pero aún no acredita una operación irregular. Fernando Polack y el hospital Militar, por su parte, aparecen en el mapa por antecedentes institucionales de ensayos clínicos de 2020.

Qué falta explicar

Los documentos permiten formular preguntas concretas, no una conclusión única sobre todas las personas del mapa. En los negocios, faltan las actas que muestren quién autorizó los alquileres y el contrato de distribución, y los datos para comparar precios. En el trámite de 2022, falta reconstruir con precisión cómo se conciliaron las observaciones de CABA, el ministerio y ANMAT. En la reinscripción de 2025, falta localizar el listado de sustancias controladas exigido por el formulario y la constancia de los controles históricos que se hubieran practicado. En IOSFA, faltan operaciones verificables antes de hablar de un beneficio.

El valor de esta investigación está en separar lo probado de lo que todavía no se sabe. Díaz aparece reiteradamente en la documentación, y hay diferencias que merecen explicación. (www.REALPOLITIK.com.ar) 

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