La Corte Suprema de Justicia de la Nación le dio un revés procesal al Banco de la Provincia de Buenos Aires y resolvió que una demanda laboral por despido iniciada por Gumersindo Raúl Bazán deberá tramitar ante el juzgado nacional del Trabajo Nro. 54, pese al planteo previo que buscaba llevar el expediente fuera de ese fuero.
El caso tiene impacto político porque involucra al banco público bonaerense, conducido por Juan Cuattromo, presidente de la entidad desde diciembre de 2019 y designado durante la gestión de Axel Kicillof. En la estructura actual del Banco Provincia también figuran Carlos Julio Moreno como vicepresidente, Alejandro Formento como director secretario y Sergio Ares como gerente general.
Según surge del dictamen de la procuración General, Bazán demandó al Banco Provincia por indemnización por despido y rubros salariales. El trabajador afirmó que comenzó a prestar tareas en diciembre de 2003 como operador de computadora en la sede central de la entidad, ubicada en la Ciudad de Buenos Aires, y que su vínculo laboral se desarrolló mediante 18 contratos sucesivos de empleo público por plazo determinado, modalidad que calificó como fraudulenta.
El punto más sensible del reclamo aparece en el desenlace laboral. Bazán sostuvo que en septiembre de 2022 debió colocarse en situación de despido indirecto, luego de que la gestión de Cuattromo decidiera no renovar su contratación, pese a que la junta médica de la caja de jubilaciones de la propia entidad le había reconocido una incapacidad laboral. Según el expediente, el trabajador había solicitado una reasignación de tareas compatible con su estado de salud.
El caso vuelve a exponer una conducta incómoda de Cuattromo: antes que resolver conflictos laborales o sociales de fondo, la entidad aparece apostando a la resistencia judicial, los planteos procesales y la dilación. Algo similar ocurrió con los deudores UVA, donde el banco bonaerense apeló una cautelar que había llevado alivio a una familia endeudada y terminó dejando a los damnificados frente a costos judiciales imposibles de afrontar.
Antes de llegar a la Corte, la causa quedó atrapada en un conflicto de competencia. Primero, el juzgado nacional del Trabajo Nro. 54 aceptó una excepción de incompetencia planteada por el Banco Provincia y se apartó del caso. Esa decisión fue confirmada por la Sala IX de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo. Luego, el trabajador llevó la misma pretensión al Tribunal del Trabajo Nro. 2 de La Plata, pero ese tribunal también se declaró incompetente, al considerar que tanto el domicilio de la demandada como el lugar de prestación de tareas se encontraban en la Ciudad de Buenos Aires.
La procuración General, con dictamen de Víctor Ernesto Abramovich Cosarín, entendió que el expediente debía continuar en la Justicia Nacional del Trabajo. El argumento fue que, en juicios derivados de contratos laborales, el trabajador puede elegir entre el juez del lugar de trabajo, el lugar de celebración del contrato o el domicilio del demandado, y en este caso Bazán había optado por el lugar donde prestaba tareas: la Ciudad de Buenos Aires.
El dictamen también marcó un punto clave contra la estrategia del Banco Provincia: recordó que la entidad, aunque es una institución autárquica de derecho público provincial, tiene individualidad jurídica y funcional, por lo que “no se identifica con el Estado local” ni con las prerrogativas de la provincia para ser juzgada únicamente por autoridades bonaerenses.
Finalmente, los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti siguieron el criterio de la procuración y declararon competente al juzgado nacional del Trabajo Nro. 54.
La resolución no define todavía si Bazán fue despedido injustificadamente ni si corresponde una indemnización. Pero sí deja una señal judicial incómoda para la conducción del Banco Provincia: el reclamo laboral seguirá en el fuero nacional, donde el trabajador buscará discutir el fondo de una relación contractual que, según su planteo, se extendió durante casi dos décadas bajo sucesivos contratos temporales. (www.REALPOLITIK.com.ar)