En un contexto de desocupación creciente y récord de informalidad laboral, Coto CICSA —con más de 20 mil empleados directos— enfrenta denuncias de acoso sexual sin investigación formal, despidos discriminatorios y un patrón de maltrato hacia clientes que ya tiene expedientes judiciales en curso. Una investigación de REALPOLITIK podría exponer un patrón ya adoptado: la empresa lo sabe, y elige el silencio antes que la sanción.
Este medio contó previamente que el 31 de octubre, Daniel Sarwer, activista por los derechos de las personas con discapacidad, denunció penalmente a Coto después de que un carrito eléctrico defectuoso en la sucursal de Abasto lo hiciera volcar y quedar atrapado debajo, sin que nadie del local se acercara a asistirlo. La causa, hoy en la Justicia Federal, invoca la omisión de auxilio. Pero ese episodio es solo la punta del iceberg: un patrón de maltrato y acoso de todo tipo dentro de la propia estructura de la empresa, que en parte ya es de conocimiento público en redes sociales.
Lo que encontró esta investigación va más allá de lo que ya circuló públicamente. A partir de testimonios directos de exempleados y documentación a la que REALPOLITIK accedió, se reconstruye una lógica interna que se repite en distintos niveles de la compañía: cuando aparece una denuncia de acoso o de maltrato, la respuesta no es investigar ni sancionar, sino mover a las presuntas víctimas de lugar y dejar que el conflicto se disuelva sin dejar rastro escrito. Esa lógica queda expuesta con nombres propios, aunque reservados con iniciales por la gravedad de lo que se les atribuye. El primer caso es el de un gerente identificado como J.V., señalado por varias fuentes como responsable de acoso sexual reiterado dentro de la empresa. Lamentablemente, este no es el único caso que pudo conocer este medio.
Según fuentes con conocimiento directo de la situación, el traslado de este gerente, quien habría sido jefe de seguridad de la empresa, no fue un movimiento administrativo de rutina: se dio a raíz de haber acosado a varias empleadas bajo su mando, un hecho que, de acuerdo con estas fuentes, era de conocimiento generalizado entre el personal de Casa Central.
La empresa nunca abrió una denuncia formal ni un proceso de investigación: en cambio, trasladó informalmente a J.V. a otro establecimiento, evitando así dejar constancia escrita del motivo real. El único documento generado en ese proceso al que este medio tuvo acceso fue una notificación de traslado, fechada el 26 de marzo de 2026, que invoca una causal genérica —"comportamientos indebidos... imágenes impropias y ajenas a su función"— para justificar su envío al establecimiento de Los Andes 1319, Monte Grande, Partido de Esteban Echeverría.

Según esta fuente, una de las empleadas que habría sido acosada por él también fue trasladada a otra sucursal, y otra habría sido transferida arbitrariamente a otra área dentro de la misma empresa. Meses después, J.V. fue finalmente despedido, cuando volvió a incurrir en la misma conducta con una de esas empleadas. La empresa tuvo, por entonces, información suficiente para actuar desde el primer episodio, y optó por una salida administrativa que demoró la sanción real hasta que, como no sorprenderá a nadie, el patrón volvió a repetirse.
Este mecanismo —presionar y trasladar en lugar de investigar, arriesgándose a una reincidencia— es lo contrario de lo que exige el convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo sobre violencia y acoso en el mundo del trabajo, ratificado por la Argentina mediante la ley 27.580 y vigente desde el 23 de febrero de 2022, que ampara a todos los trabajadores del sector privado, cualquiera sea su situación contractual.
A eso se suman la ley 26.485 de protección integral contra la violencia de género y el deber de seguridad e indemnidad que impone la ley de Contrato de Trabajo. Ninguna de esas normas contempla que la respuesta a una denuncia de acoso sea trasladar informalmente a las partes sin abrir un expediente: la medida cautelar debe recaer de forma inmediata sobre la persona denunciada —separación física, licencia con goce de haberes o reasignación mientras dura la investigación—, no sobre la víctima, y el hecho debe canalizarse por un proceso formal, no por una gestión informal que no deja rastro.
Otra fuente, que también optó por mantener su identidad en reserva, señaló a un segundo gerente, identificado con las iniciales G.T., quien formaría parte de una de las áreas más sensibles de la empresa. Según esta exempleada, G.T. continúa trabajando hasta el día de hoy por tener amistad con uno de los integrantes de la propia familia Coto. La fuente le atribuye maltrato reiterado, insinuaciones sexuales y actitudes homofóbicas, y sostiene que no fue el primer episodio protagonizado por él: "Hace lo que quiere porque es amigo del hijo", describió. Según su relato, la empresa habría derivado la situación al área de Compliance en lugar de activar una investigación con comité independiente, un mecanismo que funciona como vía de contención institucional antes que como instrumento de sanción.

En diciembre de 2018, la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo intervino en la causa “Caballero Romero, Sonia Raquel c/ Coto CICSA y otros s/ despido” (CNT 35.969/2017), iniciada por una trabajadora de una cooperativa de seguridad que prestaba tareas para Coto. La mujer denunció haber sido víctima de hostigamiento sexual y laboral por parte de un supervisor, además de discriminación por su nacionalidad. Al revisar el caso, la Cámara dejó asentado que el juez de primera instancia había tenido por configurada la situación de acoso sexual denunciada, encuadrándola como violencia laboral, y había reconocido una reparación por daño moral.
Los antecedentes de discriminación dentro de Coto tampoco son nuevos. En la causa “M., J. c/ Coto S.A. s/ despido”, la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo responsabilizó a la empresa por el daño moral sufrido por un trabajador gay que había sido sometido a un ambiente laboral hostil. Según la reconstrucción jurisprudencial del caso, el trabajador estuvo expuesto a situaciones de humillación, hostigamiento y discriminación constante, mientras que la Cámara consideró que la empleadora había permitido condiciones laborales nocivas y no había garantizado su indemnidad psicológica.

Guillermo Calcagno fue, durante más de 2 décadas, uno de los ejecutivos de mayor peso dentro de Coto: ingresó a la compañía en 2003 como director financiero y en 2016 pasó a ser director ejecutivo, el cargo de mayor jerarquía dentro de la operación, puesto que ocupó hasta su salida en febrero de 2025. Ese mes dejó la empresa junto con otros dos altos directivos —Juan Pablo Irrera, director comercial desde 2019, y Marcelo Moreyra— para incorporarse al Grupo De Narváez y liderar ChangoMás, donde hoy ocupan los cargos de CEO, Chief Commercial Officer y Chief Operating Stores respectivamente. El movimiento no se limitó a la cúpula: según trascendió, Calcagno se llevó consigo a una veintena de gerentes de distintas áreas de Coto. Puertas afuera, las despedidas fueron cordiales. Pero, según fuentes con conocimiento directo de esos pases, varios de los gerentes que se fueron con él argumentaron en privado que no soportaban más la presión y el maltrato interno que describen el resto de los testimonios de esta investigación. Dos de ellos fueron más específicos: dijeron que ya no soportaban lo que veían en Casa Central de Coto CICSA.

Nada de esto es sorpresivo si se mira el historial de la empresa, que ya es de conocimiento público desde hace años y que esta investigación retoma para mostrar que parece continuar. En 2020, un trabajador de la sucursal 160 de Retiro denunció ante la secretaría de Derechos Humanos que el personal de seguridad tercerizado era obligado a castigar físicamente a quienes robaban comida, sometiéndolos a bajas temperaturas en cámaras frigoríficas; ese mismo año circuló un video de un empleado agredido a golpes por cumplir una cuarentena obligatoria, y en enero de 2025 otro vigilador denunció públicamente haber quedado encerrado más de 24 horas en un estacionamiento sin que nadie lo relevara. Estos episodios, ya documentados en redes y medios de gestión sindical mucho antes de esta investigación, muestran que el maltrato de Coto —hacia empleados y hacia clientes— se viene acumulando desde hace años sin que la Justicia haya avanzado con una causa de fondo más allá de multas puntuales, y sin que el sector sindical que debería representar a esos trabajadores haya tenido una intervención pública proporcional a la cantidad de denuncias que se acumulan.
Según las fuentes consultadas, tanto los integrantes de la conducción de la empresa como el área de Recursos Humanos, incluida Sofía Coto, quien integra la dirección, tenían conocimiento de todas estas situaciones de acoso y maltrato, incluidas conductas homofóbicas por parte del gerente identificado como G.T.
La respuesta, de acuerdo con estos testimonios y la documentación reunida, fue gestionar la salida de los empleados afectados antes que activar los mecanismos de investigación y sanción que exige la normativa laboral vigente. "Sofía Coto no responde a través de los métodos de una organización corporativa seria: manda a apretar a través de su personal. Pensé que todo iba a ser diferente y, al final, estamos peor que con los padres", expresó esta exempleada.
El patrón de gestionar por fuera de los controles no es exclusivo del área de Personal, y ahí está la clave que conecta las dos caras de esta investigación: adentro, la empresa maneja los conflictos con empleados evitando dejar rastro formal; en su estructura societaria, maneja sus negocios con el mismo criterio, a través de sociedades vinculadas por lazos familiares que se contratan entre sí sin competencia externa.
. La causa denuncia que el propio Germán Coto, mientras controlaba la junta directiva del edificio antes de transferirla a la asociación de copropietarios, firmó contratos con compañías administradas por él y sus allegados sin llamado a competencia, entre ellas una que aplicó un sobrecargo del 42 por ciento sobre los gastos de administración. La demanda reclama 5 millones de dólares, aunque ese es el monto pretendido por los demandantes y no un perjuicio judicialmente acreditado hasta el momento. Es, en esencia, el mismo mecanismo que describen las fuentes dentro de la empresa: una decisión que favorece a alguien con vínculo directo con la conducción, tomada sin control externo ni proceso competitivo.
En este medio revelamos que Sofía Coto, hija de Alfredo Coto y Gloria García, figura como directora en Familia Coto SA —según acta de directorio del 16 de noviembre de 2020— y como administradora única de Coto Europa SL, una sociedad constituida en Madrid ese mismo mes con un capital de 100 mil euros, propiedad de Coto CICSA, con objeto social inmobiliario y hotelero, sin relación con el negocio de supermercados. Fuentes de esta investigación describen esa arquitectura —sociedades de un mismo grupo familiar que se contratan entre sí en distintas jurisdicciones, con miembros de la familia en los directorios de cada una de ellas— como un espejo de una práctica extendida en la sociedad argentina, en la que un mismo domicilio alberga varias sociedades vinculadas que se prestan servicios mutuamente, y que en determinadas condiciones puede derivar en esquemas de evasión fiscal.
A esto se suman antecedentes judiciales ya resueltos: la Justicia de Neuquén condenó a Coto por obligar a una clienta a vaciar su cartera en la línea de cajas, calificando el procedimiento como abusivo; un tribunal de Rosario había condenado antes a la cadena por un ticket que calificó a una clienta como "Glúteos Grandes"; y distintas cámaras confirmaron multas por incumplir la exhibición de precios y el programa Precios Cuidados.
Testimonios, audios y documentos que este medio continúa cotejando muestran que estas prácticas persisten en la empresa argentina que concentra la mayor cantidad de empleados del país, justo en un momento donde el empleo formal viene en baja.
Parece que Coto conocía a todos los argentinos, pero los argentinos no conocemos bien a Coto. (www.REALPOLITIK.com.ar)